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¿Está permitido en el Islam donar los órganos cuando uno muere, a una persona que los necesita?
Alabado sea Dios.
En la respuesta a la pregunta No. 49711, afirmamos que el punto de vista entre los eruditos de que es permisible donar órganos, es probablemente más correcto, en tanto la donación no conduzca a la muerte del donante.
Aquí citaremos las resoluciones del Concilio Islámico de Jurisprudencia perteneciente a la Organización de Conferencias Islámicas, que apoyan el punto de vista mencionado arriba. Estas resoluciones fueron emitidas después de largas discusiones entre numerosos juristas, doctores y especialistas en el tema. Citaremos aquí la versión completa por la información médica y legal que contienen.
En la declaración No. 26 acerca de la persona que se beneficia de las partes del cuerpo de otra, viva o muerta, dice:
“El Concilio Islámico de Jurisprudencia que tuvo lugar en la cuarta conferencia en la ciudad de Yéddah, en el Reino de Arabia Saudita, del 18 al 23 del mes de Safar en el año 1408 después de la Héyirah, concordante con el 6 al 11 de Febrero de 1988 después de Cristo, después de estudiar las investigaciones médicas y jurídicas sometidas al examen del Concilio acerca del tópico de la persona que se beneficia del transplante de órganos desde otra persona, viva o muerta, ha determinado lo siguiente:
Con respecto a la definición:
En primer lugar, lo que significa aquí ‘órgano’ es una parte del cuerpo de la persona, sean sus tejidos, células, sangre, la córnea, ya sea que se haya removido o no.
En segundo lugar, el beneficio que está en discusión es un beneficio dictado por la necesidad, para mantener al beneficiario con vida, o para devolverle alguna de sus funciones básicas a su cuerpo, como la vista o el oído, teniendo en cuenta que la vida del beneficiario está protegida por la ley islámica.
En tercer lugar, esta clase de beneficio está dividido en tres categorías:
1 – Transplante de órgano desde una persona viva.
2 – Transplante de órgano desde una persona muerta.
3 – Transplante de tejidos desde un feto.
1 - La primera categoría, que es el transplante de un órgano desde una persona viva, incluye lo siguiente:
a) Transplante de un órgano desde un lugar a otro en la misma persona, tal como piel, cartílago, hueso, venas, sangre, etc.
b) Transplante de un órgano del cuerpo de una persona viva al cuerpo de otra persona. Los órganos en este caso pueden ser divididos en aquellos de los cuales depende la vida del paciente, y aquellos en que no. Con respecto a aquellos de los que depende la vida del paciente, pueden ser órganos únicos, de los cuales cada persona tiene sólo uno, o puede tener más de uno. Lo primero incluye órganos tales como el corazón o el hígado, y los últimos incluyen órganos tales como los riñones y los pulmones.
En el caso de aquellos órganos de los que no depende la vida del paciente, hay algunos que controla las funciones básicas en el cuerpo y otros no. Hay órganos que se renuevan automáticamente, como la sangre, y otros que no. Hay algunos que tienen un efecto sobre la descendencia, sobre el patrimonio genético y la personalidad del individuo, como los testículos, ovarios y células del sistema nervioso, y otros que no tienen tal efecto.
2 – Transplantes de órganos desde una persona muerta.
Puede señalarse que los fallecidos caen en dos categorías:
a) – Aquellos que han padecido muerte cerebral, en cuyo caso todas las funciones cesaron completamente y no puede ser resucitado médicamente.
b) – Aquellos en que el corazón y los pulmones han cesado completamente y no pueden ser resucitados médicamente.
Ambas categorías fueron discutidas en la resolución pasada por el Concilio, en su tercera sesión.
3 – Transplante desde un feto. Los usos o beneficios en este caso caen en tres categorías:
a) Cuando el feto fue abortado espontáneamente
b) Cuando el feto fue deliberadamente por medio de intervención médica o una acción delictiva.
c) Cuando la fertilización se realizó fuera del útero.
Con respecto a las normas legales:
1 – Es permisible transplantar un órgano de un lugar a otro en el cuerpo de una persona, pero se debe poner atención para asegurarse que los beneficios esperados sean sobrepasen a los posibles daños. Esto está sujeto a la condición de que sea realizado para reemplazar un órgano o parte del cuerpo perdida, o para restaurar su forma regular o función, o corregir un defecto físico o eliminar una deformidad, que hace que la persona sufra estrés psicológico, dolor o algún perjuicio para su organismo.
2 – Es permisible transplantar un órgano desde el cuerpo de una persona a otra si se trata de un órgano que se renueva con el paso del tiempo, tal como la sangre o la piel. Pero se debe poner atención a la condición de que el donante esté plenamente cualificado y cumpla los requisitos legales.
3 – Es permisible hacer uso de los órganos que han sido tomados del cuerpo de otra persona a causa de una enfermedad o accidente, tal como usar la córnea del ojo de una persona a la que le fue extirpado.
4 – Está prohibido trasplantar órganos de los cuales depende la vida de la persona, de una persona viva a otra persona viva.
5 – Está prohibido trasplantar un órgano de una persona viva cuando su extirpación puede causar el cese o debilitamiento serio de una función esencial, aún si su vida no depende de ello, tal como extirpar las córneas de los ojos. Pero si el donante conservará todavía un funcionamiento parcial, entonces el asunto está sujeto a una discusión posterior, como veremos en la sección 8.
6 – Es permisible transplantar un órgano desde un fallecido a una persona viva cuya vida o funciones básicas dependen de ese órgano, sujeto a la condición de que el permiso le sea dado antes de su muerte, o por sus herederos después de su muerte, o por las autoridades a cargo de los musulmanes si la identidad del fallecido es desconocida y no tiene herederos.
7 – Debe señalarse que el acuerdo de permisibilidad de transplante de órganos explicado arriba está sujeto a la condición de que esto no sea realizado mediante la venta de órganos, porque no es permisible vender órganos humanos bajo ninguna circunstancia.
Sobre que quien necesita un órgano gaste dinero para obtener el órgano que necesita u ofrecer una compensación u honorarios al donante, esto está sujeto a una discusión posterior.
8 – Todos los casos que tienen que ver con este tópico están sujetos a una investigación y discusión posterior, y deben ser estudiados y discutidos en una sesión futura a la luz de la evidencia médica y las normas legales islámicas. Y Allah sabe más.
Citado de las Resoluciones del Concilio Islámico de Jurisprudencia.
Para más información, por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 2159.
Y Allah sabe más.