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Alabado sea Dios.
El propósito detrás de la presencia de los testigos cuando se hace un contrato matrimonial es que la propuesta a la mujer o a su guardián sea atestiguada, y que su aceptación también. Si la propuesta y la aceptación son consignadas en papel y los testigos son débiles, y atestiguan lo que se escribió durante el contrato matrimonial, entonces su testimonio es válido, porque Dios dijo (traducción del significado):
“Aquellos que invocáis en vez de Allah no poseen la facultad de interceder por nadie; sólo la tendrán [aquellos a quienes Allah se lo permita, pues son quienes] atestiguan la Verdad [que no hay nada ni nadie con derecho a ser adorado salvo Allah] y obran acorde a ello” (az-Zujruf, 43:86).
Al-Shárh al-Mumti’, 5/162.
Algunos de los eruditos sostienen el punto de vista de que anunciar y publicitar el matrimonio para informar a la gente es suficiente, y que no hay necesidad de testigos especiales; más bien, eso lo fortalece.
El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“Algunos de los eruditos han dicho que está estipulado que el matrimonio debe hacerse o con testigos o anunciado, es decir, proclamado abiertamente, y que si es anunciado, eso es suficiente, porque queda más allá de toda duda. Hay algunas reservas acerca de que el matrimonio no tenga testigos, porque es riesgoso, porque si un hombre comete fornicación con una mujer y ella queda embarazada, él dirá que se casará con ella, cuando ese no es el caso. Entonces que la ceremonia matrimonial cuente con testigos tiene una razón.
Pero si es anunciado, entonces esta reserva ya no se aplica, porque es más fuerte que si sólo tuviera testigos. Este es el punto de vista favorecido por el Shéij al-Islam Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él), pues él declaró que el matrimonio debía tener o testigos o bien ser anunciado públicamente. Dijo: “Si hay testigos pero el matrimonio no es anunciado, entonces queda alguna duda sobre si el contrato es válido o no, porque el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) encomendó publicitar el matrimonio, diciendo: “Proclamen públicamente la boda”. Y porque existe el temor que un matrimonio secreto pueda conducir a consecuencias negativas, aún si cuenta con testigos, porque un hombre y una mujer pueden mantener relaciones sexuales ilegítimas (Dios no lo permita) y luego el hombre le dice a ella: “Me caso contigo”. Y luego convoca a dos testigos falsos y ellos dan falso testimonio”.
Fin de la cita de Shárh al-Mumti’, 5/160.
Esto prueba que anunciar el matrimonio es más fuerte que sólo tener testigos durante la firma del contrato.
El Shéij al-Islam Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él) resumió el asunto de anunciar el matrimonio o hacerlo con testigos diciendo: “No hay duda de que hacer el contrato matrimonial y anunciarlo es válido, aún si no es presenciado por dos testigos, pero si el matrimonio no es anunciado y se realiza con dos testigos, entonces queda alguna duda. Si se anuncia y también se convoca a testigos durante el contrato, no hay duda entonces acerca de su validez. Si no se convocan dos testigos ni se lo anuncia, entonces es inválido de acuerdo al consenso de todos los eruditos, y si hay alguna diferencia de opinión respecto de esto, es mínima”.
Fin de la cita de al-Ijtiyaarát al-Fiqhíyah, p. 177.
Las palabras “No hay duda de que hacer el contrato matrimonial y anunciarlo es válido, aún si no es presenciado por dos testigos”, indican que no hay necesidad de preocuparse acerca de lo que has mencionado. Aún si asumimos que el testimonio no fue válido, anunciar el matrimonio es suficiente, in sha Allah.
Pero debe señalarse que la denominación de ‘testigo’ no se aplica a quien simplemente firma el contrato matrimonial; más bien, se refiere a quien está presente durante la ceremonia, tal como el escriba, los parientes, oficiales y otros. Todos ellos son testigos, si califican para ello.
Y Allah sabe más.