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Alabado sea Dios.
Alabado sea AllahEl excedente que percibe en contrapartida del retraso del pago de la deuda que el comprador le debe es una forma de usura.
Cuando Allah mencionó la prohibición de la usura practicada por la gente antes del islam y que consistía en recargar a la deuda del deudor que no respeta los plazos del pago, y entonces Allah ordenó concederle un plazo sin penalidad alguna. A esté respecto, el altísimo dice:
Y si está en dificultad, concededle un plazo de espera hasta un momento de desahogo, aunque es mejor para vosotros que renunciéis generosamente. (Corán, 2:280).