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¿Tiene condiciones prescritas el suyud (la prosternación) de agradecimiento, como las tienen usar hiyab o hacer wudu’?
1) El suyud de agradecimiento es uno de los mejores actos que la persona puede realizar para agradecer a su Señor, porque implica total sometimiento ante Al-lah y total agradecimiento a Al-lah con el corazón, las palabras y las acciones.
2) La opinión correcta es que el suyud de agradecimiento no está sujeto a las mismas condiciones que tiene la oración, como purificarse, cubrirse el ‘awrah (que incluye el hiyab para las mujeres), orientarse hacia la Casa Sagrada de Al-lah, etc.
Alabado sea Dios.
Podemos resumir la cuestión sobre la prosternación de agradecimiento (suyud ash-shukr) en los siguientes puntos:
La prosternación de agradecimiento es uno de los mejores actos que una persona puede hacer para expresar agradecimiento a su Señor, Glorificado y Exaltado sea, debido a que implica total sometimiento ante Al-lah, colocando la parte más noble del cuerpo —que es el rostro— en el suelo, y porque implica agradecer a Al-lah con el corazón, las palabras y las acciones.
La prosternación de agradecimiento es una de las sunnahs proféticas establecidas que mucha gente ha descuidado.
El desacuerdo que hay sobre la legitimidad de la prosternación de agradecimiento se considera débil, porque contradice lo que está probado de los relatos del Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) y de muchos de sus compañeros (que Al-lah esté complacido con ellos) al respecto.
La prosternación de agradecimiento se prescribe cada vez que los musulmanes reciben una bendición general, o algún sufrimiento se aleja de ellos o cesa, o cuando un musulmán recibe una bendición especial a nivel individual, ya sea como consecuencia de sus propios esfuerzos o no, y cada vez que algún mal se aleja de él.
El Imam Ash-Shawkani (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Si se dice: ‘Las bendiciones de Al-lah a Sus siervos son continuas a cada momento’, yo digo que lo que se quiere decir es que son nuevas bendiciones que pueden o no alcanzar a una persona. Por eso, el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) solo hacía la prosternación de agradecimiento cuando recibía nuevas bendiciones, aunque las bendiciones de Al-lah le llegaban constantemente, en cada momento” (As-Sail Al Yarar, 1/175).
La opinión correcta es que la prosternación de agradecimiento no está sujeta a las mismas condiciones que requiere la oración, como purificarse, cubrirse el ‘awrah (que incluye el hiyab para las mujeres), orientarse a la Casa Sagrada de Al-lah, etc.
Esta es la opinión de muchos predecesores de las primeras generaciones, y la opinión que fue adoptada por algunos de los Malikis y muchos de los otros eruditos, como Ibn Yarir At-Tabari, Ibn Hazm, Sheij Al Islam Ibn Taimiah, Ibn Al Qaiem, Ash-Shawkani y As-San’ani (que Al-lah los tenga en Su misericordia). Y muchos de nuestros sheijs también consideraron la misma opinión, entre ellos: el Sheij ‘Abd Al ‘Aziz Ibn Baz, el Sheij Muhammad Ibn Salih Ibn ‘Uzaimin, el Sheij ‘Abdul-lah Ibn ‘Abd Ar-Rahman Ibn Yibrín (que Al-lah los tenga en Su misericordia) y otros.
Esto se diferencia de la opinión de los Shafi’is, la mayoría de los Hanbalis, algunos de los Hanafis y algunos de los Malikis, que determinaron que la prosternación de agradecimiento precisa los mismos requisitos que las oraciones supererogatorias (voluntarias).
Entre las pruebas citadas por quienes sostenían la primera opinión, figuran las siguientes:
Los eruditos del Comité Permanente dijeron: “La opinión correcta es que no se requiere estar en estado de pureza (ritual) para la prosternación de agradecimiento y la prosternación de recitación (del Corán), para el recitador o el oyente, porque no caen bajo la misma regla que la oración” (Sheij ‘Abd Al ‘Aziz Ibn Baz, Sheij ‘Abd Ar-Razzaq ‘Afifi, Sheij ‘Abdul-lah Ibn Qa’ud, Fatawa Al Laynah Ad-Da’imah, 7/263).
La opinión más correcta con respecto a la forma en que se debe realizar la prosternación de agradecimiento es que no se requiere pronunciar Takbir al principio o al final, o recitar el Tashah-hud o finalizar con el Taslim. Esta es la opinión del Imam Ash-Shafi’i, del Imam Ahmad en un relato suyo, y de algunos de los Shafi’is, porque no hay prueba de ello del Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) ni de ninguno de sus compañeros (que Al-lah esté complacido con ellos).
El Sheij Al-Islam Ibn Taimiah (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) opinaba que en esta prosternación no está prescrito recitar ningún Tasha-hhud ni finalizar con el Taslim; más bien eso sería una innovación y no está permitido hacerlo.
El Sheij Al-Islam Ibn Taimiah (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Con respecto a la prosternación de la recitación y la prosternación de agradecimiento, nadie narró del Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) ni de sus compañeros que se requiera algún Taslim en ella, o que ellos solían hacer el Taslim luego de ella. Por eso, Ahmad Ibn Hanbal y otros eruditos no hablaron del Taslim con respecto a la prosternación del agradecimiento. Según uno de los dos relatos de él, Ahmad no decía el Taslim después de ella, porque no hay ningún informe que hable de eso. En el otro informe de él, se dice que dijo uno o dos Taslims, pero eso no está probado por ningún texto religioso, sino que se basa en la analogía. Del mismo modo, aquellos juristas que piensan que debe haber un Taslim no tienen ningún texto que los apoye; más bien es una analogía o la opinión de algunos de los Tabi’in” (Maymu’ Al Fatawa, 21/277).
Y dijo con respecto a la prosternación de recitación y la prosternación de agradecimiento: “El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) no llamó a eso oración, y no prescribió formar filas, ni ser dirigido por un Imam, como prescribió en el caso de la oración fúnebre, las dos prosternaciones de olvido después del Taslim, y todas las demás oraciones. El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) no prescribió ningún Taslim en este caso, y no hay un relato ni sólido ni débil en ninguna narración; más bien es una innovación. Y no prescribió ningún Takbir de apertura para ello” (Maymu’ Al Fatawa, 23/171).
No hay dhikr específico que se requiera en la prosternación de agradecimiento. Más bien está prescrito que aquel que se prosterna diga en su prosternación lo que sea apropiado a la situación, como alabar a Al-lah, agradecerle, suplicarle, buscar Su perdón, etc.
Ash-Shawkani (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Si se dice: No hay nada en los hadices que nos diga lo que el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo en la prosternación del agradecimiento, entonces, ¿qué debe decir el que se prosterna en el agradecimiento? Yo digo: Debe agradecer mucho a Al-lah, Glorificado y Exaltado Sea, porque esta es una prosternación de agradecimiento” (As-Sail Al-Yarar 1/286).
Una persona no debe hacer la prosternación de agradecimiento si recibe buenas noticias mientras está rezando, porque la razón para prosternarse en esta situación no es parte de la oración, y no tiene nada que ver con ella. Por lo tanto, si se prosterna deliberadamente, eso invalida su oración, como en el caso de quien agrega una prosternación a la oración deliberadamente, o se prosterna durante la oración debido a algún error que cometió en una oración diferente, o como si incluyera otra oración en la oración que está haciendo. Esta es la opinión de los Shafi’is y de la mayoría de los Hanbalis.
Algunos de los Hanbalis dijeron que se recomienda hacer la prosternación de agradecimiento en este caso [cuando uno está rezando], por analogía con la prosternación de recitación. Su argumento puede refutarse de la siguiente manera: Lo que mencionan de la analogía no es válido, porque es hacer una analogía entre dos cosas diferentes. El motivo de la prosternación de recitación es una de las acciones de la oración, a saber, recitar el Corán, mientras que el motivo de la prosternación de agradecimiento es algo ajeno a la oración.
El Sheij Muhammad Ibn Salih Al ‘Uzaimin (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Si alguien hace la prosternación de agradecimiento durante la oración, cuando es consciente de la regla y la recuerda en ese momento, entonces su oración queda invalidada…”.
Lo que también mencionaron es correcto, es decir, que la oración queda invalidada por hacer la prosternación de agradecimiento, porque no tiene nada que ver con la oración, en contraste con la prosternación de recitación, porque la prosternación de recitación se hace por algo que tiene que ver con la oración, es decir, recitar el Corán” (Ash-Sharh Al Mumti’ ‘Ala Zad Al Mustaqni’, 4/107, 108).
La prosternación de agradecimiento está prescrita para quien está montando a caballo haciendo un gesto y puede inclinarse hacia adelante tanto como le sea posible.
Está permitido reponer la prosternación del agradecimiento más tarde, si no es posible hacerlo de inmediato.
Si una persona recibe buenas noticias o le llega una bendición y no hace la prosternación de agradecimiento, y no tiene excusa para no prosternarse cuando ocurre la razón, entonces algunos de los eruditos afirmaron que no está prescrito que reponga esta prosternación más tarde. Esto se debe a que no tuvo excusa para retrasarla (ver: Hashiat Al Qaliubi, 1/209).
Fuente: Suyud ash-shukr wa Ahkamuhu fil Fiqh Al Islami, trabajo de investigación del Dr. ‘Abdul-lah Ibn ‘Abd Al ‘Aziz Al Yibrin (que Al-lah lo preserve), publicado en Mayal-lat Al Buhuz Al Islamiah (36/267-309).
Y Al-lah sabe más.