Contribuya generosamente para garantizar la continuidad de nuestro sitio web Insha-Allah.
Mi hermano compró un automóvil usado, y lo tuvo más de dos años, conduciéndolo y viajando en él, y no le pasó nada durante este tiempo. Hace más de dos meses, mi hermano vendió este automóvil "tal cual", después de que un mecánico traído por el comprador lo hubiera revisado, y después de que hubiera pasado la inspección técnica que es obligatoria antes de vender un auto aquí en Marruecos. Ahora el comprador volvió a ponerse en contacto con mi hermano y le dijo que el auto tiene un defecto, a saber, que el techo ha sido sustituido, lo que significa que probablemente estuvo implicado en un accidente. Mi hermano está confundido. ¿Implica algún pecado para él? ¿Se considera válida esta venta según las enseñanzas islámicas? ¿Tiene mi hermano que indemnizar al comprador por este defecto? Tenga en cuenta que vendió su auto porque necesitaba el dinero.
Alabado sea Dios.
En primer lugar, si alguien compra un auto y luego descubre un defecto en él, y es el tipo de defecto que podría restarle valor, entonces tiene la opción de devolverlo o quedárselo y recibir una compensación del vendedor por tal defecto. Los eruditos llaman a esta compensación una indemnización (Ár. Arsh).
Dice en Kash-shaf Al Qina' (3/218): “Si alguien compra un producto defectuoso y no era consciente de ello en el momento de la compra, entonces tiene la opción, independientemente de si el vendedor era consciente del defecto y se lo ocultó al comprador o no era consciente. El comprador puede elegir entre:
Así, se sabe que la opción de devolver el artículo defectuoso está establecida, independientemente de que el vendedor tuviera o no conocimiento del defecto y de que el comprador examinara o no el artículo. Una vez descubierto el defecto, tiene la opción [de rescindir el contrato].
Si su hermano no conocía el defecto, no implica un pecado para él, pero el comprador puede elegir entre devolver el auto o quedárselo y recibir una indemnización.
La indemnización es la diferencia entre el valor del auto defectuoso y su valor si estuviera en buen estado; esta cantidad debe deducirse del precio.
El Sheij Ibn 'Uzaimin (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo, explicando que: “La palabra indemnización (o compensación) se refiere a la diferencia entre el valor del artículo en buen estado y el valor del artículo defectuoso”.
Dijo valor, y no dijo precio, porque hay una diferencia entre el valor y el precio, que es: el valor es el costo de mercado del artículo, y el precio es lo que se acuerda en la transacción. Así que, si compras por seis algo que vale ocho, entonces su valor es ocho y su precio es seis.
De ahí que dijera: “La diferencia entre el valor del artículo en buen estado y el artículo defectuoso es que el artículo debe evaluarse cuando está en buen estado, luego debe evaluarse cuando está defectuoso, y debe calcularse la diferencia entre ambos. Esa es la indemnización (compensación) que debe deducirse del precio.
La evaluación debe hacerse en el momento de hacer el trato, no en el momento en que se descubre el defecto, porque el valor puede variar entre el momento en que se hace el trato y el momento en que se descubre el defecto” (Ash-Sharh Al Mumti' 8/318).
Así que su hermano tiene que contactar a la persona que le vendió el auto en primer lugar, y pedirle una compensación por el defecto.
En segundo lugar, lo que se menciona arriba, que el comprador es quien debe tomar la decisión, y que tiene derecho a quedarse con el auto y pedir una compensación, es la opinión de la mayoría de los eruditos.
El Sheij Al Islam Ibn Taimiah (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) opinaba que no existe la opción de recibir una compensación, sino que el comprador puede devolver el artículo o quedárselo sin compensación, y no puede haber compensación excepto con el consentimiento del vendedor. Él dijo: “Las palabras ‘o puede devolverlo y recuperar el precio’ significan: tiene derecho a devolver el artículo, cancelar el trato y recuperar su dinero. Así que el comprador tiene la opción [de cancelar el trato]. Esta es la opinión de los juristas (que Al-lah los tenga en Su misericordia). Puede quedárselo sin compensación o puede devolverlo. En cuanto a la compensación, el consentimiento del vendedor es esencial, porque se trata de una transacción. Así que el vendedor puede decir: ‘Te he vendido esto; quédatelo o devuélvelo’. En cuanto a la compensación, se considera una nueva transacción”.
La opinión del Sheij tiene fundamento, pero si sabemos que el vendedor es un tramposo —es decir, que conocía el defecto pero lo ocultó—, entonces, en este caso, hay que elegir entre quedarse con el objeto y recibir una indemnización, o devolverlo. Esta regla es aplicable en el caso de ocultar defectos y en el caso de cobrar demasiado por el artículo" (Ash-Sharh Al Mumti', 8/319).
Y Al-lah sabe más.