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¿Puede vender un objeto a alguien que lo paga con un cheque emitido por un banco usurero?

03-09-2015

Pregunta 104242

Yo trabajo como representante de ventas en una compañía que vende aparatos eléctricos. Cuando le vendo a un cliente, él me da un cheque de un banco, y cada cliente firma un cheque de un banco diferente, ya sea de un banco que comercia con la usura o no. Mi pregunta es si tratar con estos cheques se considera como participar o colaborar en la perpetuación de la usura de estos bancos, o en apropiarse ilegítimamente de la riqueza de la gente, o en apoyar y promocionar estos bancos.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Es permisible aceptar el pago de un comprador en forma de un cheque, aún si se trata de un cheque emitido por un banco usurero, y es permisible recurrir a los bancos usureros en caso de necesidad extrema, cuando no existe la posibilidad de recurrir a un banco islámico, siempre y cuando el dinero se ponga en una cuenta que no de intereses. Por favor, consulta la respuesta a la pregunta No. 22392.

Involucrarse entonces en transacciones con la gente que implican a bancos usureros o poner en ellos nuestro dinero puede ser permisible. Esto está indicado por los reportes que prueban que el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) y sus compañeros mantuvieron tratos comerciales con los incrédulos y con algunos judíos de Medina que comerciaban con la usura, como Dios, glorificado y exaltado sea, dijo en el Sagrado Corán. 

Es permisible que le vendas un artículo a alguien que está involucrado en la usura, aún si paga con un cheque de un banco usurero o con el dinero de un préstamo que sacó en ese banco. 

Entregar el cheque al departamento del banco del cliente para que transfieran el dinero a tu compañía o tu banco no se considera como registrar una transacción usurera; más bien, es obtener el precio que fue ganado en una forma islámicamente permisible. No hay diferencia si el cliente paga en efectivo o con un cheque. 

El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “Es permisible involucrarse en transacciones comerciales lícitas con personas que comercian también con la usura, si el producto es comprado por él a cambio de un precio, y es permisible pedirle un préstamo sin intereses. El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) solía mantener tratos comerciales con idólatras y algunos judíos de Medina aún cuando ellos se involucraban también en tratos usureros, y él aceptó de ellos algunos regalos e invitaciones también. Les vendió artículos y les compró, y aceptó regalos e invitaciones de ellos, como luego de la conquista de Jaibar, en que fue invitado a comer una oveja asada. Él compró también comida para su familia a un hombre judío y le dio su escudo como garantía, y falleció cuando aún tenía el escudo en su poder. 

En resumen, si una persona gana dinero de una forma prohibida, pero tú mantienes con ella un trato comercial lícito, esto es permisible y aceptable. 

Fin de la cita de Fatáwa Nur ‘ala ad-Dárb. 

Y Allah sabe más.

Las transacciones
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