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Yo tenía la intención de hacer la peregrinación mayor este año, pero mi esposa está amamantando, entonces decidí demorar mi peregrinación hasta el año siguiente, si Dios quiere. Mi situación financiera es buena, alabado sea Dios. ¿Hay algo que deba hacer?
Alabado sea Dios.
Si ya has hecho la peregrinación obligatoria, entonces la disyuntiva que planteas de si ir este año o el siguiente, es con respecto a una peregrinación voluntaria. Pero mencionas que estás ocupado atendiendo a tu familia, o quieres quedarte con ellos. En este caso puedes no hacer esa peregrinación en absoluto, porque es una peregrinación voluntaria, no obligatoria.
Pero si tu pregunta es acerca de tu peregrinación obligatoria, entonces eso depende. Hay dos puntos de vista entre los eruditos, uno es que cuando eres capaz de afrontarla, la peregrinación mayor se vuelve obligatoria y debe ser realizada ese año. El otro punto de vista sostiene que puede ser demorada. Nosotros creemos que el primero es el punto de vista correcto. Quien tiene los medios para realizar la peregrinación, debe hacerlo. Por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 41702.
Basándonos en esto, si puedes ausentarte de tu hogar sin que tu esposa ni tu hijo sufran ninguna necesidad o contratiempo, entonces deberías hacer la peregrinación este año, y no esperar a que tu familia pueda ir contigo. Si tienes suficiente dinero para llevar a tu esposa, o ella tiene dinero para ello y no habrá perjuicio alguno para ella o para el niño en que vayan contigo, entonces deben ir contigo.
Pero en el caso de que cualquiera de estas opciones cause algún perjuicio, dificultad o necesidad a tu esposa o a tu hijo, entonces es permisible que demores la peregrinación.
El caso es que la peregrinación puede ser obligatoria para el esposo pero no para la esposa, dependiendo de si cada uno reúne las condiciones para hacerla o hay algún impedimento. Por lo tanto el marido no debe demorar su peregrinación obligatoria si no es necesario, sólo porque quiera llevar a su esposa con él cuando no habría perjuicio en él que viajara solo.
El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) fue consultado:
“Mi esposa no ha hecho todavía la peregrinación obligatoria, y tenemos un bebé de cuatro meses que está siendo amamantado por su madre. ¿Debería ella hacer la peregrinación obligatoria con su bebé? Y si hace la peregrinación, ¿es mejor que tome píldoras para detener la menstruación, o no? Por favor aconséjenos, que Dios le bendiga”.
Él respondió:
“Si el niño no resultará afectado o perjudicado por la ausencia de su madre, tal como si puede dejarlo con una nodriza que lo amamante por unos días y puede cuidarlo apropiadamente, entonces no hay nada de malo en que la madre haga la peregrinación mayor, especialmente si es la peregrinación obligatoria. Pero si esto encierra algún riesgo o alguna dificultad para el bebé, entonces no es permisible para ella ir a la peregrinación, ni aun si fuera para hacer la peregrinación obligatoria, porque amamantar a su hijo es una obligación más importante para ella. La madre incluso está exenta de ayunar en Ramadán si de esa forma protege la salud de su hijo lactante, por lo tanto, ¿cómo podría entonces no ser permisible posponer la peregrinación para amamantar a su hijo? Si teme por su hijo, entonces lo que debe hacer es quedarse, no ir en esas circunstancias a la peregrinación, y cuando el niño sea mayor concurrir a la peregrinación. No hay culpa si ella se queda en su casa ese año y no hace la peregrinación, porque en este caso no está obligada a hacerla.
Con respecto a usar píldoras durante la peregrinación, es permisible su uso, si hay necesidad. Pero es esencial consultar a un médico, porque las píldoras pueden causar un daño a la salud”.
Fin de la cita de Al-Liqá' ash-Shahri, 10/25.
Y Allah sabe más.