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Alabado sea Dios.
Pedimos a Dios que te cure de tu enfermedad y te otorgue bienestar. Nos parece que esta enfermedad no es real. Si asumiéramos que es real, entonces diríamos que si esta enfermedad no tuviera ningún impacto en la vida conyugal o en la crianza de los hijos, entonces no hay necesidad de informar a un pretendiente sobre el tema. Pero si tiene algún impacto, en el sentido de que puede dar lugar a problemas después del matrimonio que impidan el desarrollo de los lazos de amor necesarios para crear un hogar tranquilo, entonces sí debes decirle, porque ocultarlo sería una forma de engaño. Está comprobado que el engaño está prohibido en términos generales en el Islam, a causa del reporte de Abu Hurairah (que Dios esté complacido con él), según el cual el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: "El que engaña no es de los míos”. Narrado por Muslim, 102.
No se debe prestar atención a los temores con respecto a una enfermedad. La mayoría de estos temores son sembrados por Satanás en nuestra mente, y tienen por objeto evitar que el creyente encuentre paz espiritual.
Las normas básicas con respecto a informar a un pretendiente acerca de una enfermedad son las siguientes:
1. Si la enfermedad tendrá algún impacto en la vida conyugal y afectará a la capacidad de la mujer para cumplir con sus deberes de madre y esposa en alguna forma.
2. Si va a ser una experiencia desagradable para el marido, debido a su aspecto, olor, o cualquier experiencia sensorial desagradable.
3. Si es real y permanente, y no es algo imaginado ni temporal que desaparecerá con el paso del tiempo o después del matrimonio.
Se pidió a los eruditos del Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita que respondieran a lo siguiente:
“Hay una mujer joven que en lapsos de tiempo se encuentra afectada por períodos de locura y luego vuelve a su estado de lucidez, durante un tiempo que puede ser largo o breve. A veces algunos pretendientes llegan a proponerle matrimonio, pero la familia tiene dificultades para organizar un matrimonio porque no saben cómo decirle al pretendiente acerca de su situación, y son muy reacios al respecto, lo que suele estropear la oportunidad de casarse. Recientemente, la familia ha decidido que prefieren hacer que se case con una persona que tenga algún tipo de discapacidad o cualquier otro problema, por lo que será más fácil para él aceptar la situación. Ahora hay un potencial pretendiente que es infértil, y otro que es hijo de su tía paterna, quien le ha propuesto matrimonio y ha aclarado que es consciente de la enfermedad de ella. Pero el problema es que la madre de este joven, es decir la tía paterna de la niña, tiene la misma enfermedad, y cuando le preguntamos al médico qué pensaba acerca de este matrimonio, dijo que él no lo recomendaba, por que la probabilidad de que tengan niños afectados por la misma enfermedad es grande.
Mi pregunta es: ¿cuáles son las normas islámicas para este matrimonio? Si resulta que nace un niño que también está enfermo, ¿nosotros seremos responsables por eso, teniendo en cuenta que habríamos participado aceptando este matrimonio? Tengan en cuenta que la posibilidad de procrear hijos que también tengan esta enfermedad es considerable”.
Ellos respondieron:
“No deben impedir que la chica se case, debe facilitar el matrimonio con el hombre que ha llegado a proponérselo, y dejar el asunto de la posible enfermedad del futuro niño a Dios. Deberían ignorar el consejo del médico si basa en la probabilidad, porque el matrimonio tiene un propósito para ambas partes y protege a la muchacha contra los riesgos de la soledad que implica quedarse soltera, siempre y cuando ella acepte casarse con el hombre que desea aceptarla como esposa”. Fin de la cita de Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 18/194. Shéij ‘Abd al-‘Aziz Ibn Baaz, shéij ‘Abd ar-Razzáq ‘Afifi, shéij ‘Abdullah Ibn Gadián, shéij Sálih al-Fawzán, shéij ‘Abd al-‘Azíz Aal ash-Sháij.
También se les preguntó:
“Si una chica tiene un problema en el útero o con su ciclo menstrual, que requiere un tratamiento médico que puede retrasar cualquier posibilidad de tener hijos, ¿debe informárselo a su pretendiente?”
Ellos respondieron:
“Si este problema es algo temporal, algo que le sucede a las mujeres y luego desaparece, entonces no es necesario mencionárselo al pretendiente. Pero si este problema es una enfermedad grave o no es un problema menor ni temporal, y la propuesta viene cuando ella todavía tiene este problema y no se ha curado aún, entonces su familia deberá informar al pretendiente sobre el problema”. Fin de la cita de Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 19/15. Shéij ‘Abd al-‘Azíz Aal ash-Shéij, shéij Sálih al-Fawzán, shéij Bákr Abu Zaid.
Se le preguntó al shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín:
“Hay un hombre que propuso matrimonio a una mujer, pero se sabe que esta mujer tiene un defecto físico que está oculto y no es evidente, y existe la esperanza de que pueda ser curada, como la lepra y el vitíligo. En este caso, ¿hay que advertirle al pretendiente sobre esto?”.
Respondió:
“Si un hombre le propone matrimonio a una mujer y ella tiene un defecto oculto y hay personas que lo saben, entonces es obligatorio revelarle la verdad. Esto es bastante claro. Aún si no pregunta, se le debe informar acerca de esto, porque hacerlo cae bajo la denominación jurídica de ofrecer consejo sincero a un hermano musulmán, lo cual es un deber, sobre todo si es algo que no hay ninguna esperanza de que vaya a desaparecer. Pero si hay esperanza de que vaya a desaparecer, entonces quizás es más fácil. Sin embargo, hay cosas que pueden desaparecer pero hacerlo poco a poco, como la lepra por ejemplo. Es cierto que puede desaparecer pero hasta ahora no sabemos nada que sugiera esto. Así que hay una diferencia entre lo que se espera que vaya a desaparecer de pronto y lo que se espera que vaya a desaparecer más adelante”. Fin de la cita de Liqá’at al-Bab al-Maftuh, 5/ pregunta No. 22.
Y Allah sabe más.