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Alabado sea Dios.
Una de las condiciones para que la peregrinación mayor sea obligatoria para el musulmán es que sea capaz de realizarla, lo cual incluye la capacidad financiera. Quien tiene una deuda y sus acreedores se la están reclamando, no puede gastar ese dinero en hacer la peregrinación a menos que sea con el permiso de ellos, y no se considera que tenga los medios para cumplir con el pilar de la peregrinación. Pero si ellos no están reclamándole que pague y le dan permiso para que vaya a la peregrinación, o lo saben y no se oponen, entonces puede hacer la peregrinación y será válida. Es también permisible hacer la peregrinación si no tiene un límite de tiempo para devolver el dinero. La peregrinación en este caso puede ser una buena obra, que conduzca a que Dios le ayude a pagar lo que debe.
Y Dios sabe mejor.