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¿Cuáles son las normas sobre dar a un bebé alguno de los siguientes nombres, tomando en cuenta sus bellos significados?: Ráhmah, Áiah, Furqán, Hímmah, Baián, Taquí, o Mu’aíyad Billah
Alabado sea Dios.
En primer lugar, con respecto al nombre Ráhmah, que significa ‘misericordia’, es un nombre bueno y bendecido, y esperamos que aquella a quien se le ha dado este nombre sea una misericordia para sus padres, para su familia y para su comunidad, y así logre la misericordia de Dios, glorificado y exaltado sea. Por eso algunos de los eruditos sostienen el punto de vista de que este es un buen nombre para darle a una niña, como se afirma en la obra Tasmiyat al-Mawlud, por al-‘Allámah Bákr Abu Zaid (que Allah tenga misericordia de él), pág. 31.
En segundo lugar, con respecto al nombre Áiah, que significa ‘signo’, no hay nada de malo con este nombre. Indudablemente todas las criaturas somos signos de Dios, signos que señalan Su grandeza y poder, glorificado y exaltado sea.
En tercer lugar, con respecto al nombre Furqán, que significa ‘criterio’, es un nombre desaconsejable, porque es el nombre de uno de los capítulos del Corán, y los eruditos consideraron desaconsejable llamar a un niño con uno de los nombres del Corán o de sus capítulos.
Ibn al-Qayím (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “Una de las cosas que no están permitidas es llamar a un niño con uno de los nombres del Sagrado Corán, o de sus capítulos, como por ejemplo Ta Ha, Iaa Sin, Haa Mim, etc.”. Fin de la cita de Tuhfat al-Mawdud, pág. 127.
Cuarto, es permisible llamar a un niño Hímmah, que significa ‘aspiración’, y no hay nada de malo con ello. Su significado es aceptable y hace referencia al fuerte deseo de lograr algún objetivo sublime.
Quinto, con respecto al nombre Baián, que significa ‘claridad’, los eruditos contemporáneos difieren acerca de esto, y hay dos opiniones:
1 – Que es desaconsejable.
El shéij Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“Con respecto al nombre Baián yo no creo que se le deba dar este nombre a un niño. Lo mismo se aplica al nombre Iimán, que significa ‘fe’, porque estas serían formas de auto elogiarse. Lo mismo se aplica al nombre Abrar, que significa ‘honrado’”. Fin de la cita de Liqa’at al-Bab al-Maftuh, No. 16/ pregunta No. 26.
Él también dijo:
“Baián, nosotros creemos que este nombre no debería ser usado, porque es uno de los nombres del Corán”. Fin de la cita de Liqa’at al-Bab al-Maftuh, No. 67, pregunta No. 8.
El shéij Ibn Yibrín (que Allah tenga misericordia de él) fue consultado sobre lo siguiente:
“Uno de nuestros hermanos fue bendecido con una niña, cuyo nombre es Baián. ¿Cuáles son las normas sobre esto? La niña tiene ahora un año y el nombre ha sido registrado oficialmente”.
Él respondió:
“Pienso que se le debería cambiar el nombre, porque algunos de los shéijs han afirmado que este es un nombre desaconsejable, pues es uno de los nombres que describen al Sagrado Corán. Por lo tanto sería mejor cambiárselo, aun si ha pasado un año o más. Y Dios sabe más”. Fin de la cita del sitio web del shéij
2 – El segundo punto de vista es que es permisible.
El shéij Bákr Abu Zaid (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“Hay muchas preguntas hoy en día acerca de las normas sobre llamar a un niño Baián. Algunos de los eruditos lo desaconsejaron, porque es uno de los nombres del Sagrado Corán, y no está permitido dar a los seres humanos los nombres de las palabras de Dios que Él ha revelado a Su servidor, el Profeta y Mensajero Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él).
Aquellos que me preguntan, yo les he dado un dictamen jurídico afirmando que es permisible llamar a un niño con el nombre Baián, y que es un nombre que puede serle dado tanto a varones como a mujeres, como el nombre Asma’, Járichah, etc. Esto es porque esta palabra, ‘Baián’, no es uno de los nombres del Sagrado Corán, más bien es una de sus descripciones, como la palabra ‘Huda’, que significa ‘guía’.
Vale señalar aquí que el shéij Sálih Ibn Ibrahím al-Bulaihi (fallecido en el 1410 después de la Emigración, que Allah tenga misericordia de él), escribió un libro de dos volúmenes que él llamó Al-Hudá wa al-Baián fi Asma’ al-Qur’án (literalmente Guía y Claridad en los Nombres del Corán). Si hubieran sido éstos nombres del Corán, él no los habría usado en el título de su libro. Estos son atributos del Corán, no nombres.
La norma de que es permisible no se ve afectada por el hecho de que el primero que habló del decreto divino en Basra fue llamado Baián Ibn Sam’án. Cuántos narradores tienen el nombre de Baián, y nosotros no hemos oído a ninguno de los eruditos evitar sus reportes a causa de su nombre.
Podríamos consultar también la obra At-Taqríb, por Al-Hafiz Ibn Háyar (que Allah tenga misericordia de él), en la cual menciona a alguien llamado Baián. Y Dios sabe más”. Fin de la cita de Mu’yam al-Manáhi al-Lafzíyah, pág. 627.
Quizá el punto de vista de que el nombre es permisible es probablemente más correcto, porque este es el principio básico respecto de los nombres, que son permisibles a menos de que exista una evidencia que demuestre de forma definitiva que no lo son. Entre los nombres sobre los cuales hay consenso entre los eruditos, hay muchos nombres buenos y probadamente permisibles, por lo que quizá no haga falta involucrarnos en asuntos sobre los que los eruditos difieren.
En sexto lugar, con respecto al nombre Taquí, que significa ‘piadoso’, o Al-Mu’aiyad Billah, que significa ‘apoyado o asistido por Dios’, es desaconsejable usar estos nombres porque implican auto alabanza. Nosotros hemos previamente discutido que es desaconsejable usar estos nombres que sugieren la infalible piedad de sus propietarios.
Y consulta también las respuestas a las preguntas No. 1692 y 7180.
Y Allah sabe más.