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Alabado sea Dios.
La mayoría de los eruditos sostiene el punto de vista de que es obligatorio realizar la peregrinación mayor inmediatamente, cuando uno tiene los medios para ello.
Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo en al-Mughni (3/212):
“Si un musulmán debe hacer la peregrinación obligatoria y le es posible hacerla, ha de hacerla inmediatamente y no le es permisible postergarla. Éste es el punto de vista de Abu Hanifah y Málik. Esto es porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado):
“Es una obligación para los hombres peregrinar a esta Casa si se encuentran en condiciones de hacerlo [físicas y económicas]. Y quien niegue lo que Allah ha prescripto, sepa que Dios prescinde de todas las criaturas” [Ali ‘Imrán, 3:97]”. Fin de la cita.
Lo que quiere decir con “tener los medios”, es tener la posibilidad física y financiera de hacerlo.
Dice en Fatáwa al-Láynah ad-Dá’imah (11/30):
“’Teniendo los medios’, con respecto a la peregrinación mayor significa estar en buen estado de salud física; tener los medios de transporte para alcanzar la sagrada casa de Allah, por avión, por auto o por montura, o siendo capaz de pagar por ello acorde a la situación de uno; y teniendo provisiones suficientes para el viaje de ida y de vuelta. Esto es con la condición de que este dinero sea un extra a los gastos que uno está obligado a realizar para cumplir sus obligaciones, hasta que uno vuelva de la peregrinación mayor. Una mujer debería también estar acompañada por su marido o pariente que oficie como guardián legal, tanto cuando se viaja para la peregrinación mayor como para la peregrinación menor”. Fin de la cita.
Ash-Shéij ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“’Tener los medios’ se refiere a dos aspectos: tener los medios físicos, y tener los medios financieros. Tener los medios financieros es una condición para que realizar la peregrinación sea obligatorio, y tener los medios físicos también”. Fin de la cita de Al-Liqa’ ash-Shahri, 1/391.
Como tu tienes los medios, es tu obligación individual que realices la peregrinación mayor, y esto tiene precedencia por sobre darle en caridad a tu vecino que es pobre, porque él es uno de aquellos individuos en los que no estás obligado de gastar, a diferencia de tus padres, tu esposa e hijos, y tus dependientes. Tal caridad cae bajo la denominación de voluntaria, y lo que es obligatorio toma precedencia por sobre lo que es voluntario.
El shéij Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “Hacer la peregrinación mayor en la manera preescrita por la ley islámica es mejor que la caridad que no es obligatoria”.
Pero si el musulmán tiene parientes que están en necesidad, o hay gente pobre que es tan pobre que necesita asistencia urgente, entonces es mejor brindarles caridad a ellos.
Pero si en ambos casos es voluntario, entonces la peregrinación mayor tiene prioridad, porque es un acto de adoración tanto físico como financiero”. Fin de la cita Al-Ijtiaarát, 116.
Consulta también por favor las respuestas a las preguntas no. 83191 y 106555.
Y Dios sabe mejor.