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Se casó con una mujer antes de que ella termine su período posterior a la separación, luego de la muerte de su marido

12-05-2014

Pregunta 170835

Un hombre se casó con una mujer que estaba todavía en su período posterior a la separación (‘íddah), antes de que éste terminara. Esto sucedió hace treinta años, sin ningún conocimiento del Islam, y ahora ella tiene hijos de su segundo marido. ¿Qué debe hacer?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

En primer lugar, lo que se requiere de una mujer musulmana cuyo marido muere es observar un período posterior a la separación de cuatro meses y diez días desde la fecha de su muerte, si es que no está embarazada, porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado): 

“Las viudas deberán esperar cuatro meses y diez días [para volver a casarse]. Luego de ese plazo [los apoderados] no serán reprochados si ellas se predisponen de manera decente para casarse nuevamente; y Allah sabe lo que hacéis” (Al-Báqarah, 2:234). 

Si ella está embarazada, entonces su período dura hasta que dé a luz, porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado): 

“El período de espera para aquellas de vuestras mujeres que hayan llegado a la menopausia, si tenéis dudas de ello, es de tres meses, y el mismo período es para las que aún no menstrúan. En cambio, el de las embarazadas culminará cuando den a luz. Y sabed que Allah le facilitará a quien Le tema todos sus asuntos” (at-Talaq 65:4). 

Si ella se casa durante este período, entonces su matrimonio es inválido, de acuerdo al consenso de los eruditos. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“No es permisible para la mujer que está atravesando su período posterior a la separación casarse, de acuerdo al consenso de los eruditos, no importa por qué se haya producido esta separación, porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado): 

“Y no concretéis la boda hasta que se cumpla el plazo de espera. Sabed que Allah conoce lo que hay en vuestros corazones, cuidaos, pues. Y sabed que Allah es Absolvedor, Tolerante” (al-Báqarah 2:235). 

Si ella lo hace, entonces su matrimonio es inválido”. Fin de la cita de Al-Mugni, 8/100. 

Entonces, es obligatorio para ellos suspender su matrimonio temporalmente, es decir, el que la mujer tiene con su segundo marido, hasta que ella complete el período posterior a la separación, que en este caso se produjo por la muerte de su primer marido. Luego, cuando ella haya completado el período post-separación de su primer matrimonio, es permisible que vuelva a casarse con su segundo marido con un nuevo contrato matrimonial. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“Una vez establecido esto, él debe dejarla. Luego ella debe completar el período post-separación del primer matrimonio, porque ese deber toma precedencia y es obligatorio, puesto que el matrimonio con su primer marido estaba probado como válido. Una vez que el período post-separación de su primer matrimonio terminó, entonces ella debería observar un período post-separación de su segundo matrimonio, y ambos períodos no pueden cancelarse el uno al otro, porque son matrimonios de hombres diferentes. Este fue el punto de vista del imam Ash-Sháfi’i. Luego él afirmó que esta opinión fue narrada de ‘Umar ibn al-Jattáb y ‘Ali ibn Abi Tálib (que Dios esté complacido con ambos), y agregó: “Estas dos opiniones son conocidas de dos prominentes califas, y no se conoce a ninguno de sus compañeros que estuviera en desacuerdo con ellos. Más aún, son los derechos de gente diferente, y no pueden cancelarse el uno al otro”. Fin de la cita de al-Mugni, 8/101. 

Luego después de que se haya cumplido el período post-separación del primer matrimonio, el segundo marido puede realizar un nuevo contrato matrimonial con la mujer. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “Ash-Sháfi’i dijo en al-Yadíd: “El segundo marido puede casarse con ella después de que se complete el período post-separación de su primer matrimonio, y no hay razón por la cual no deba hacerlo durante el período posterior a la separación con él, porque este período sólo está prescripto para proteger el linaje. Esto es bueno y tiene sentido”. Fin de la cita de Al-Mugni, 8/100. 

El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“En principio, el punto de vista más correcto es que el matrimonio entre ellos se vuelve permisible con un nuevo contrato matrimonial después del período post-separación correspondiente a su primer matrimonio, especialmente si ellos se han arrepentido ante Dios, glorificado y exaltado sea, porque el segundo período es por él, y es permisible que vuelva a tomarla como esposa”. Fin de la cita de Ash-Shárh al-Mumti’, 13/383. 

En segundo lugar, aún si ese contrato matrimonial fue inválido, los hijos son atribuidos a él, porque esto funcionó como un matrimonio, y eso se debía a que ignoraban las normas de la ley islámica, por lo cual no hay pecado sobre ellos. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“Si una mujer está observando su período post-separación de su matrimonio anterior y se casa durante este período conociendo la prohibición de Dios, entonces son pecadores, y se les debe aplicar la pena correspondiente, ella no tiene derecho a la dote, y si nació un hijo de ellos no puede serle atribuido a este hombre. Pero si ellos no son conscientes de la prohibición de casarse durante este período, entonces no hay pecado sobre ellos; los hijos le son atribuidos al marido, no se les aplica la pena correspondiente, y ella tiene derecho a la dote”. Fin de la cita de Al-Mugni, 8/103. 

Y Allah sabe más.

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