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Yo tengo el hábito de ayunar cada jueves y sucedió que ayuné el jueves 12 de Dul Híyyah. El viernes oí que no era permisible ayunar en los días de at-Tashríq, y que el jueves fue el tercero de los días de Tashríq. ¿Hay algún pecado en ayunar estos días? ¿Es verdad que no es permisible ayunar en estos días de Tashríq, o debo evitar ayunar solamente en el primer día de la festividad?
Alabado sea Dios.
Ayunar en los días de las dos festividades (‘Id al-Fítr e ‘Id al-Ad há) está prohibido, como indica el reporte de Abu Sa’íd al-Judri (que Allah esté complacido con él), quien dijo: “El Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) prohibió ayunar durante la festividad de al-Fítr y an-Nahr (‘Id al-Ad há)”. Narrado por al-Bujari, 1992; Muslim, 827. Los eruditos están unánimemente de acuerdo en que ayunar en estos días es algo prohibido.
Es también algo prohibido ayunar en los días de Tashríq, que son los tres días después de la festividad del sacrificio (‘Id al-Ad há), que son el 11avo, 12avo, 13avo del mes lunar de Dul Híyyah, porque el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Los días de Tashríq son días para comer, beber y recordar a Dios”. Narrado por Muslim, 1141.
Abu Dawud (2418) narró de Abu Murrah, el esclavo liberto de Umm Háni, que entró con ‘Abd Allah ibn ‘Amr en la casa de su padre, ‘Amr ibn al-‘Ás. Él les ofreció comida y les dijo “coman”. Él respondió: “Estoy ayunando”, y ‘Amr le dijo: “Come, porque estos son días sobre los cuales el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) no nos dijo que ayunemos sino que nos lo prohibió, son los días de Tashríq”. Clasificado como auténtico por al-Albani en Sahih Abi Dawud.
Pero es permisible ayunar en los días de Tashríq para un peregrino que no puede ofrecer un animal en sacrificio. Se narró que ‘A'ishah e Ibn ‘Umar (que Allah esté complacido con él) dijeron: “A nadie se le permitió ayunar en los días de Tashríq excepto a quien no podía ofrecer un animal en sacrificio (hadí)”. Narrado por al-Bujari, 1998.
El shéij Ibn al-‘Uzaimín dijo: “Es permisible para aquellos que están haciendo la peregrinación mayor en modalidad qirán o tamáttu’, si no pueden encontrar un animal para sacrificar, ayunar en estos tres días, de tal manera que la estación de la peregrinación no termine antes de que hayan ayunado. Pero aparte de esto, no es permisible para nadie más ayunar en esos días, aún si una persona está obligada a ayunar por dos meses consecutivos (como expiación de un pecado); no debe ayunar en el día de la festividad ni en los tres días consecutivos, y luego debe continuar su ayuno”. Fatáwa Ramadán, pág. 727.
Ver también las preguntas No. 21049 y 36950.
Y Allah sabe más.