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؟Cuál es el mandato sobre alguien que disemina asuntos personales a otros, sean memos, cartas o conversaciones que uno ha tenido con ellos, etc., y él esparce esa informaciَn entre la gente o dentro de un grupo específico sin el consentimiento de la persona afectada?
Alabado sea Dios.
Si la persona se lo confiَ con la condiciَn de que era un secreto, entonces no le está permitido diseminar la noticia, ya que el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah estén con él) dijo: “una conversaciَn en un encuentro es una responsabilidad.” Del mismo modo, si contarla producirá daٌo al hermano musulmán, eso no está permitido ya que el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah estén con el) dijo: “No debería haber daٌo ni daٌo recíproco.” De igual manera, si contar la noticia resultara en un escándalo para un hermano musulmán cuyo pecado ha sido escondido por Allah, no está permitido divulgarla. Pero si dicha divulgaciَn servirá a un interés islámico y beneficiara a la persona o a la gente en general, y la persona involucrada no especificَ que debía mantenerse dicha informaciَn como secreta, entonces está permitido diseminarla en ese caso; lo que es más, uno puede ser recompensado por eso.