Alabado sea Dios.
Este ayuno no es válido, porque debe ser continuo desde el alba hasta la puesta del Sol, porque Dios dijo (traducción del significado):
“Ahora podéis mantener relaciones con ellas y buscar lo que Allah os decrete [hijos]; y comed y bebed hasta que se distinga el hilo blanco [la luz del alba] del hilo negro [la oscuridad de la noche], luego completad el ayuno hasta la noche” (Al-Báqarah 2:187).
Basándonos en esto, no tendrás la recompense por haber ayunado este día, porque ese ayuno no estuvo hecho de acuerdo a la ley islámica, pero tampoco hay ningún pecado en lo que hiciste, porque es permisible para quien está observando un ayuno voluntario romper ese ayuno.
No debes ofrecer ninguna expiación tampoco. La expiación no se requiere para ningún ayuno, incluso uno obligatorio, excepto cuando el ayunante ha mantenido relaciones sexuales con su esposa durante el día en Ramadán, cuando ambos están obligados a ayunar. En ese caso es obligatoria para él y para ella, si también lo hizo voluntariamente, y la expiación para ello es liberar a un esclavo; si eso no es posible, entonces deben ayunar dos meses consecutivos; si no pueden ayunar, entonces deben alimentar a sesenta personas pobres. Pero si el marido y la esposa no estaban obligados a ayunar, como por ejemplo si estuvieran viajando durante Ramadán mantuvieran relaciones, entonces no hay pecado sobre ellos, porque es permisible para el viajero romper su ayuno. Pero ellos tienen que reponer el día de ayuno cuando regresen de su viaje.
Aún si asumimos que estaban ayunando ese día mientras estaban viajando, es permisible para ellos romper el ayuno y entonces mantener relaciones, y no hay pecado sobre ellos, y no deben ofrecer expiación; más bien, deben reponer luego el día que no ayunaron a causa del viaje. Fin de la cita.
Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él).