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Ayunó antes de alcanzar la pubertad y olvidó reponer algunos días. ¿Puede reponerlos después de alcanzar la pubertad?

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Fecha de publicación : 16-08-2013

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Pregunta

Cuando comencé la escuela media y tenía 13 años, rompí el ayuno durante tres días y lo olvidé, y no lo volví a recordar hasta este año. Ahora tengo 16 y no he alcanzado la pubertad. ¿Debo reponer los ayunos simplemente, o debo hacer algo más?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

En primer lugar, el niño no está obligado a cumplir los deberes que el Islam ha prescripto a los adultos. Esto será así hasta que alcance la pubertad, porque el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “La pluma se ha levantado para tres: el demente, hasta que se recupera. El durmiente, hasta que se despierta. Y el niño, hasta que alcanza la pubertad”. Narrado por Abu Dawud, 4399; clasificado como auténtico por al-Albani en Sahih Abu Dawud. 

Lo que sea que el niño haga de los deberes obligatorios y recomendables para el musulmán, será recompensado por ello. Cuando el niño ayuna, reza o hace la peregrinación, se le registrará la recompensa completa, pero su peregrinación en este caso no cuenta como la peregrinación obligatoria, y deberá repetirla cuando sea mayor. 

Se narró de Ibn Abbás (que Dios esté complacido con él) que el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) se encontró con algunos jinetes en  Ar-Rawha’, y preguntó: “¿Quiénes son estas personas? Le respondieron: “Somos musulmanes, ¿y quién eres tú?”. Él les respondió: “Soy el Mensajero de Dios”. Una mujer levantó a un niño y preguntó: “¿Es válida la ablución para él?”. Y él respondió: “Sí, y tú tendrás una recompensa también”. Narrado por Muslim, 1336. 

El imam An-Nawawi (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“En este reporte está la evidencia de Ash-Sháfi’i, Málik, Áhmad, y la mayoría de los eruditos, que han afirmado que la peregrinación de un niño cuenta como válida y que será recompensado por ella, pero que no cuenta como cumplimiento de la peregrinación obligatoria, sino más bien como una peregrinación voluntaria. Este reporte es claro sobre este punto”. Fin de la cita de Shárh An-Nawawi, 9/99. 

Al-Jattabi dijo:

“Cuenta como peregrinación para el niño en el sentido en que recibirá la recompensa completa, pero no como cumplimiento de la peregrinación obligatoria si vive hasta la edad de la pubertad y alcanza la vida adulta. Esto es como la oración, la cual se le debe recomendar al menor que realice si puede hacerla, aun cuando no es obligatoria para él, pero la recompensa le será registrada, por la clemencia de Dios, y también le será registrada a quien le enseñe y recomiende al niño que rece”. 

Ver ‘Awn Al-Magbud, 5/110. 

Por lo tanto, no es un deber para el niño reponer los ayunos que perdió, ni tampoco las oraciones que no haya hecho, porque no eran obligatorias en un principio. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Sobre los días de ayuno que perdió antes de alcanzar la pubertad, no debe reponerlos. Este es el punto de vista de la mayoría de los eruditos”. Al-Mugni, 3/94. 

El Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“No es obligatorio para el niño ayunar, pero su tutor debe recomendarle que lo haga para que se habitúe cuando llegue el momento en que sea obligatorio para él. Ayunar es algo recomendable para el niño que aún no ha alcanzado la pubertad, y será recompensado por este ayuno, pero no estará en falta si no lo hace”. Fin de la cita de Fiqh al-‘Ibadát, pág. 186. 

Basándonos en esto, no debes reponer esos tres días de ayuno que hayas perdido, porque ayunar no era obligatorio para ti. Pero si quieres reponerlos todavía, no hay nada de malo en ello. Si lo haces sólo debes reponer los ayunos, uno por cada día perdido, y no hay nada más que debas hacer al respecto. 

En segundo lugar, dices en tu pregunta que tienes 16 años y que no has alcanzado la pubertad. Pero de hecho sí has alcanzado la pubertad, porque la pubertad se alcanza cuando aparece uno de los siguientes tres signos en el caso de los varones:

1 – Emisión de semen.

2 – Aparición de vello púbico alrededor de las partes privadas.

3 – Alcanzar la edad de 15 años. 

En el caso de las mujeres hay un cuarto signo, que es el comienzo del período menstrual. 

Cuando uno de estos signos se ha establecido con certeza, entonces la pubertad ha llegado. No es esencial que todos los signos estén presentes a la vez. Consulta la pregunta No. 70425

Puesto que has alcanzado la edad de 16, se te considera un adulto responsable y debes actuar como tal. La etapa en la cual se te consideraba un niño y no eras responsable de tus actos ha finalizado, y ahora los ángeles registrarán todo lo que hagas, sea bueno o malo. 

“Quien haya realizado una obra de bien, por pequeña que fuere, verá su recompensa. 8. Y quien haya realizado una mala obra, por pequeña que fuere, verá su castigo” (Az-Zálzalah, 99:7-8). 

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A