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¿Debe una mujer que sufre de síndrome de ovario poliquístico informarle esto a su pretendiente?

18-07-2016

Pregunta 152425

Soy una mujer de treinta y un años de edad, y nunca he estado casada. He sabido que tengo quistes en los ovarios desde que tenía catorce años, que hace que tenga un ciclo menstrual irregular. Cada vez que iba al médico, me decía que el tratamiento adecuado se iniciaría después del matrimonio, si Dios quiere, con medicación que ayudará a estimular los ovarios. Esta es una condición que afecta a aproximadamente el veinte por ciento de las mujeres en edad de procrear, y muchas de ellas son capaces de tener hijos, con permiso de Dios, después de casarse y hacer el tratamiento. El único síntoma que tengo ahora es que estoy sufriendo de cierta irregularidad en mi ciclo menstrual. ¿Tengo que informarle esto a un pretendiente antes del matrimonio?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

El síndrome de ovario poliquístico (SOP) es considerado como un trastorno ginecológico frecuente, cuya tasa varía de un país a otro, pero en promedio afecta a entre el 5 y el 10 por ciento de las mujeres, aunque esta tasa está aumentando. Esta enfermedad puede llevar a un retraso en la concepción o abortos involuntarios repetidos, y puede causar otros síntomas como períodos irregulares, aumento de peso, presión arterial alta, y crecimiento de pelo grueso en varias partes del cuerpo. 

Por lo tanto, si hay una propuesta de matrimonio y esta enfermedad está presente, es esencial informar al pretendiente de ella, ya que de lo contrario cualquier padecimiento resultante de esta enfermedad dará lugar a que se dejen de lado algunos de los fines del matrimonio, como el placer físico, la compasión y el amor entre los cónyuges, o puede ser una experiencia desagradable para el otro cónyuge. Por lo tanto es algo que debe ser advertido, y está prohibido para la mujer y su familia ocultarlo. 

Ibn al-Qayím (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“Por analogía, cualquier defecto que resulte desagradable para el otro cónyuge y conduzca a omitir los fines del matrimonio, tales como la compasión y el amor entre los cónyuges, requiere que la otra parte sea informada y se le dé la opción de decidir si procede con el matrimonio o no”. Fin de la cita Zaad al-Ma'ád (5/166). 

Dice en Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 19/15: 

“Si la chica tiene un problema en el útero o con su ciclo menstrual, que requiere tratamiento y puede retrasar la concepción, ¿el pretendiente debe ser informado de eso?” 

Respuesta: “Si este problema es algo temporal, algo que sucede a las mujeres y luego desaparece, entonces no es esencial informar al pretendiente de ello. Pero si este problema es una enfermedad que tiene algún impacto en la calidad de vida de la persona, y no es algo menor ni temporal, y todavía persiste en el momento de la propuesta de matrimonio, debe informarse al pretendiente de ello”. Fin de la cita.

Shéij Abd ash-Shéij 'Azíz Aal as-Shéij, Sálih Ibn al-Fawzán al-Fawzán, Shéij Bakr Abu Zaid. 

Y Dios sabe más.

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