Domingo 23 Yumada al Ula 1446 - 24 Noviembre 2024
Español

Regla sobre el ayuno de una mujer embarazada a quien le afecta ayunar

Pregunta

؟Es obligatorio que una mujer embarazada cumpla con el ayuno de Ramadán y Ashu’ra? Yo le aconsejé a mi esposa que no ayunara porque estaba embarazada. Estaba débil y anémica en el ْltimo embarazo. Perdiَ el embarazo al final de Ramadán cuando tenía 12 semanas de embarazo. ؟Qué regla se aplica con respecto a los ayunos perdidos de Ramadán? ؟Debe completarlos antes del prَximo Ramadán? ؟Puede ayunar normalmente si sabe que está embarazada? Ella insiste en ayunar durante el embarazo. Algunas evidencias médicas también serían muy ْtiles para determinar que el bebé no se verá perjudicado por el ayuno durante el embarazo.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Esta pregunta cubre tres temas: 

1 – Regla con respecto a la mujer embarazada que rompe su ayuno en Ramadán. 

2 – Cَmo afecta la pérdida de un embarazo al ayuno de una mujer. 

3 – Regla sobre recuperar los ayunos después de Ramadán. 

Con respecto a la mujer embarazada: Está permitido para ella no ayunar si teme que pueda sucederle algo a su bebé debido al ayuno. Es obligatorio que rompa el ayuno si teme que su vida corre riesgo o que sufrirá algْn daٌo grave si ayuna. En ese caso debe recuperar el ayuno más tarde pero no es necesario que pague la fidyah. Esto está consensuado por los sabios del Fiqh (fuqaha’), porque Allah dice en el Corán (interpretaciَn del significado): 

“…no os matéis a vosotros mismos…” [4:29] 

“…no os autodestruyáis...” [2:195]

Los eruditos sostienen por igual que no es obligatorio pagar la compensaciَn (fidyah) en este caso, porque una mujer en esta situaciَn es como la persona que está enferma y que teme por su vida. 

Si la mujer teme solo por la vida de su bebé (y no por ella), entonces algunos de los eruditos sostienen que ella puede romper su ayuno, pero afirman que debe recuperar ese ayuno más tarde y pagar la fidyah (que implica dar de comer a una persona pobre por cada día no ayunado), debido a lo que dice el reporte narrado de Ibn ‘Abbaas con respecto al versículo (interpretaciَn del significado): 

“... y quienes pudiendo ayunar no lo hicieren deberán alimentar a un pobre [por cada día no ayunado].” [2:184]

Ibn ‘Abbaas dijo: Es una concesiَn que se les permite a los ancianos y a las mujeres, que solo pueden ayunar sin que esto represente una dificultad; se les permite romper el ayuno y dar de comer a una persona pobre por cada día no ayunado. Esto también se aplica a las mujeres embarazadas y que estén amamantando, si temen que algo pueda suceder”. Abu Dawud dijo: “es decir, si temen por sus hijos, pueden romper el ayuno”. (Narrado por Abu Dawud, 1947; clasificado como sahih por al-Albaani en al-Irwa’, 4/18, 25). 

(Ver al-Mawsu’ah al-Fiqhiyyah, 16/272)  

De allí queda claro que si ayunar le provocará un daٌo serio a una mujer o a su bebé, está obligada a romper el ayuno, con la condiciَn de que el médico que confirme que el ayuno le causará un daٌo sea un médico confiable. 

Esto tiene que ver con romper el ayuno durante Ramadán. Con respecto a ‘Aashura, ayunar este día no es obligatorio, segْn el consenso de los eruditos; sino que es recomendado y Sunnah (mustahabb), y no está permitido que una mujer cumpla un ayuno voluntario (naafil) cuando su marido está presente, excepto con permiso de él. Si él le dice que no ayune, ella debe obedecerle, especialmente si es por el bien del feto. 

Con respecto a la pérdida del embarazo: “Si el asunto es como se menciona, que la pérdida del embarazo sucediَ en el tercer mes de gestaciَn, entonces la sangre que sale no se considera sangre de nifaas (sangre de posparto), sino que es sangre de istihaadah (sangre vaginal no menstrual), porque lo que la mujer liberَ fue un coágulo (‘alaqah) en el que no había rasgos humanos. Segْn esto, ella debe orar y ayunar aْn si ve sangre, pero debe realizar el wudu’ para cada oraciَn, y tiene que recuperar los ayunos de cuando no ayunَ y las oraciones perdidas”. 

(Ver los veredictos emitidos por el consejo de sabios jurisprudentes Fataawa al-Laynah al-Daa’imah, 10.218) 

Con respecto a los ayunos perdidos: “Toda persona que deba ayunos de Ramadán debe recuperarlos antes del prَximo Ramadán. Puede posponerlos hasta el mes de Sha’baan. Pero si llega el prَximo Ramadán y aْn no los ha recuperado sin tener excusa alguna, entonces es culpable de pecado y tiene que recuperarlos además de dar de comer a una persona pobre por cada día, tal como fue estipulado por algunos de los Compaٌeros del Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah desciendan sobre él). El monto a dar equivale a medio saa’ del cultivo local por cada día de ayuno, que puede darse a varias personas pobres o a una sola. Pero si la persona tiene una excusa para posponer la recuperaciَn de los ayunos, ya sea por enfermedad o por estar de viaje, entonces solo debe recuperar los ayunos perdidos, y no tiene que dar de comer a los pobres, debido al significado general del versículo Coránico que dice (interpretaciَn del significado): 

‘Quien de vosotros estuviese enfermo o de viaje y no ayunase, deberá reponer posteriormente los días no ayunados’ [2:184]. 

Y Allah es la Fuente de fortaleza. 

Veredicto emitido por el Sheij Ibn Baaz  (Fataawa al-Sheij Ibn Baaz, 15/340).

Origen: Sheij Muhammad Salih Al-Munajjid