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Yo soy un joven trabajador en Arabia Saudita, y mis ingresos son limitados, y alcanzan apenas para nuestras necesidades y gastos, gracias a Dios. Yo he realizado la peregrinación a título personal tres veces, alabado sea Dios. Pero tengo a mi padre en Egipto quien no ha hecho la peregrinación todavía, porque no ha tenido el dinero para ello. Él tiene buena salud, pero no puede afrontar los gastos. ¿Puedo hacer yo la peregrinación a nombre suyo?
Alabado sea Dios.
Si la situación es como describes, y tu padre está saludable pero no tiene los medios económicos para hacer la peregrinación, entonces no está obligado a hacerla, porque Dios dijo (traducción del significado):
"Es una obligación para los hombres peregrinar a esta Casa si se encuentran en condiciones de hacerlo [físicas y económicas]. Y quien niegue lo que Allah ha prescripto, sepa que Allah prescinde de todas las criaturas” (Ali 'Imrán, 3:97).
Por lo tanto, no sería válido que tú hagas la peregrinación a nombre suyo. Pero si puedes, entonces lo que debes hacer es ayudarle a costear los gastos del viaje para que haga él mismo la peregrinación obligatoria.
Y Dios es la fuente de toda fuerza. Que Dios bendiga y conceda la paz a nuestro Profeta Muhámmad, a su familia y a sus compañeros. Fin de la cita.
Comité Permanente Para la investigación y Emisión de Dictámenes Jurídicos de Arabia Saudita.
Shéij 'Abd el-'Azíz Ibn Baaz, shéij 'Abd er-Razzáq 'Afifi, shéij 'Abd Allah Ibn Gadián, shéij 'Abd Allah ibn Qa'úd.