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Teme perder su trabajo y tiene algún dinero, ¿debe realizar la peregrinación?

16-10-2011

Pregunta 81916

Para el año siguiente, si Dios quiere, yo tendré el dinero suficiente para realizar la peregrinación solo, sin mi esposa. Esta cantidad será suficiente para lo más urgente, especialmente porque yo trabajo en el sector privado. Pero la compañía para la que trabajo puede rescindirme el contrato en cualquier momento. ¿Debo realizar la peregrinación o no? El asunto es que tengo otro dinero, pero es para manutención (nosotros ya hicimos nuestro contrato matrimonial pero no lo consumamos todavía).

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Alabado sea Allah

Para que la peregrinación sea obligatoria para el adulto, está estipulado que él debe ser capaz de afrontarla física y financieramente, porque Dios dijo (traducción del significado): 

“Es una obligación para los hombres peregrinar a esta Casa si se encuentran en condiciones de hacerlo [físicas y económicas]” (Ali ‘Imrán 3:97). 

Los juristas interpretan la capacidad financiera como significando que uno tiene lo suficiente para cubrir su transporte y alimentación, es decir, los gastos del viaje hasta y desde la Casa Sagrada de Dios, si estos gastos se cubren con un excedente que uno tiene de lo necesario para sus necesidades básicas y otros gastos que están prescriptos en la ley islámica, y para pagar las deudas. 

Lo que significa aquí necesidades básicas es que uno debe tener lo suficiente para cubrir los gastos de manutención para sí mismo y su familia hasta que regrese, y después de que regrese tener lo suficiente para uno y para todos aquellos que dependen de uno, tal como la renta de la propiedad, salarios, comercio, etc. Por eso el musulmán no debe realizar la peregrinación usando el capital necesario para sus negocios si gasta en sí mismo y su familia de esas ganancias y ese gasto resultará en una reducción de sus ingresos, de tal manera que en algún momento esas ganancias resulten no ser suficientes para él y su familia. Para más información sobre esto por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 11534

Si tienes el dinero suficiente para tus necesidades y un excedente para realizar la peregrinación, entonces debes realizar la peregrinación, a menos que temas perder tu trabajo y realmente existe el riesgo de que lo pierdas basándote de la evidencia de las circunstancias, en cuyo caso no deberías hacer la peregrinación. Pero si este temor es infundado y una idea que no tiene base en la realidad, tu deber es realizar la peregrinación. 

Sobre el dinero que has apartado para tu matrimonio, no debes realizar la peregrinación con él si temes pasar dificultades que demoren tu matrimonio, más bien debes dar precedencia a tu matrimonio. Si tienes otro dinero, puedes utilizarlo para hacer la peregrinación, de otra forma la peregrinación no es obligatoria para ti, porque no tienes afrontarla. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “Si la persona necesita casarse y teme que eso se le dificultará, entonces debe dar prioridad al matrimonio, porque es una obligación para él y no puede continuar sin ello, por lo tanto se convierte en parte de sus gastos esenciales. Pero si dicho temor no existe, entonces debe priorizar la peregrinación, porque el matrimonio sería voluntario y no deberá darle precedencia sobre la peregrinación, que es obligatoria”. 

Fin de la cita de al-Mugni, 3/88. 

Ver también la respuesta a la pregunta No. 27120

Y Allah sabe más.

Condiciones para la obligatoriedad de la peregrinación
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