Domingo 21 Yumada az Zaniah 1446 - 22 Diciembre 2024
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Normas sobre ingresar a la consagración ritual sobre el punto de ingreso (miqat) para quien está a bordo de un avión

Pregunta

Yo trabajo en aviones privados. La gente viaja con nosotros y los llevamos de una región a otra. Durante un viaje estábamos yendo hacia Yéddah y algunos hombres viajaban hacia La Meca. Ellos nos dijeron: “Cuando pasemos sobre el punto de ingreso a la consagración ritual (miqat), avísennos”. Pero lo olvidamos, y no se lo recordamos. Cuando sólo faltaba un corto tiempo antes de que llegáramos a Yéddah, yo se los recordé y le pregunté al capitán, y él me dijo: “Diles que estamos sobre el punto de ingreso a la consagración ritual ahora”. ¿Deben ellos hacer algo? Y si es así, ¿qué deben hacer? ¿Quién soportará el pecado?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

El Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) definió las localizaciones de los puntos de ingreso a la consagración ritual para realizar la peregrinación en un reporte narrado por Ibn ‘Abbás (que Dios esté complacido con él), quien dijo: “El Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) definió el punto de ingreso a la consagración ritual (miqat) de la gente de Medinah como Dul Hulaifah; el de la gente de Sham (Siria), como al-Yuhfah; el de la gente del Náchd como Qárn al-Manázil; y el de la gente del Yemen como Ialamlam. Y dijo: “Y estos puntos son para la gente de esos lugares, y para otros que llegan con la intención de realizar la peregrinación mayor y menor; y quien esté viviendo dentro de estos límites, puede ingresar a la consagración ritual desde el lugar donde parte, y la gente de La Meca puede comenzar (e ingresar a la consagración ritual) desde La Meca”. Narrado por al-Bujari, No. 1254; Muslim, No. 1181. 

Los juristas están unánimemente de acuerdo en estos puntos de ingreso y en que son válidos para su gente y para aquellos que vengan después. 

Ver al-Ishraf, por Ibn al-Mundir, 3/177; Marátib al-Iymá’, p. 42; al-Istidkar, 11/76; al-Mugni, 5/56. 

Basándonos en esto, no es permisible para quien intenta realizar la peregrinación mayor o menor pasar por el punto de ingreso que está prescripto para él, ya sea que venga por tierra o por aire, a causa del reporte narrado por Ibn ‘Umar (que Dios esté complacido con él), quien dijo: “Cuando estas dos regiones fueron conquistadas, ellos vinieron a ‘Umar y le dijeron: “Oh, Emir de los Creyentes, el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) definió Qárn como punto de ingreso para la consagración ritual para la gente de Náchd, pero está fuera de nuestro camino y si queremos ir a Qárn sería difícil para nosotros”. Él dijo: “Fíjense dónde en su ruta está la línea con éste, y él identificó Dat ‘Irq para ellos (como su punto de ingreso)”. Fin de la cita, 1531. 

‘Umar (que Allah tenga misericordia de él) hizo el punto de ingreso para aquellos que no pasaran por el original, en un lugar que estuviera en línea con él, y quien llegara a un lugar en línea con él por aire es como quien lo hace por tierra. 

Por lo tanto, quien llega a un sitio que está en línea con el punto de ingreso a la consagración ritual cuando está sobre el avión, debe ingresar a la consagración ritual. Es mejor que la persona ingrese antes de que llegue al sitio, a causa de la velocidad a la que viajan los aviones.

 Consulta también la respuesta a la pregunta No. 4635

Con respecto a la gente sobre la cual preguntas, lo que deberían haber hecho era ponerse las ropas de la consagración ritual para la peregrinación, recitar el canto del peregrino (talbíyah), y si ya se habían puesto las ropas no debían hacer otra cosa excepto recitar el canto del peregrino tan pronto como les dijeran que habían alcanzado el punto de ingreso a la consagración ritual, y no debían hacer nada más que eso, en tanto no pasaran el punto deliberadamente sin ingresar en la consagración. Ellos no sabían en absoluto que habían pasado por el punto de ingreso, sino que pensaron que debían ingresar a la consagración ritual desde el lugar en que estaban, y ese fue su punto de ingreso, según lo que cuentas. 

En tu caso, lo que deberías haber hecho era avisarles antes de alcanzar el punto de ingreso, dándoles tiempo suficiente para que se preparen para ingresar en la consagración ritual. Esto era un asunto que te fue confiado a ti, era tu responsabilidad. 

Puesto que lo olvidaste, no hay pecado sobre ellos por no saberlo, porque Dios, glorificado y exaltado sea, dijo (traducción del significado): 

“Allah no exige a nadie por encima de sus posibilidades. Según hayan sido sus obras, éstas resultarán en su favor o en su contra. ¡Señor nuestro! No nos castigues si nos olvidamos o nos equivocamos. ¡Señor nuestro! No nos impongas una carga como la que impusiste a quienes nos precedieron. ¡Señor nuestro! No nos impongas algo superior a nuestra fuerza. Perdónanos, absuélvenos y ten misericordia de nosotros. Tú eres nuestro Protector, concédenos el triunfo sobre los incrédulos” (al-Báqarah 2:286). 

De acuerdo a un reporte qudsí (en el cual el Profeta Muhámmad transmite palabras de Dios que no forman parte del Sagrado Corán), Dios, glorificado y exaltado sea, dijo: “He garantizado eso”. Narrado por Muslim, 126. 

Se narró que Abu Dárr al-Gifari dijo: “El Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Dios ha perdonado a mi comunidad por sus errores, sus olvidos, y por aquello que han hecho obligados por la fuerza”. Narrado por Ibn Máyah, 2043; clasificado como auténtico por al-Albani. 

Pero el gran problema en tu caso es que deberías haberles dicho la situación real, que el punto de ingreso ya lo habían pasado en realidad. En ese caso ellos deberían haber demorado su ingreso a la consagración ritual hasta bajar del avión, luego volver atrás hacia el punto de ingreso a la consagración ritual, e ingresar desde allí. 

Si ellos hubieran ingresado a la consagración ritual sabiendo que habían pasado el punto de ingreso para ello, entonces deberían ofrecer una expiación (fidiah). 

De hecho el pecado que tú y tu capitán cometieron, es que los engañaron y no les dijeron lo que había sucedido en realidad. Como ya no es posible corregir lo sucedido, entonces tú y aquellos que hayan sido parte del engaño deben arrepentirse ante Dios, glorificado y exaltado sea, por haber engañado a estos peregrinos, especialmente teniendo en cuenta que el asunto tiene que ver con la validez de un acto de culto, y los sagrados límites dispuestos por Dios al respecto. 

Cuando se hayan arrepentido ante Dios, glorificado y exaltado sea, también deben recordar el número de peregrinos que estaban haciendo su peregrinación y ofrecer un animal en sacrificio por cada uno de ellos, porque son los responsables de que ellos pasaran por el punto de ingreso sin ingresar a la consagración ritual, y luego les negaron la oportunidad de volver atrás para recuperar lo que habían perdido. 

Le preguntaron al Shéij Muhámmed ibn ‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) acerca de un grupo de personas que fueron a la peregrinación mayor en grupo, y el conductor no les avisó de que habían pasado por el punto de ingreso a la consagración ritual hasta cien kilómetros después de que lo habían pasado. Los pasajeros le pidieron que vuelva atrás al punto de ingreso, pero él se negó y el viaje continuó hasta que llegaron a Yéddah. ¿Qué debían hacer? 

Él respondió:

“Lo que el conductor debía hacer era detenerse en el punto de ingreso a la consagración ritual para que la gente pudiera ingresar a ella desde allí. Si lo olvidó y no lo recordó hasta cien kilómetros después, como dices, debe llevar a la gente atrás para que puedan ingresar a la consagración ritual desde el punto correcto, porque sabe que estas personas quieren hacer la peregrinación mayor o menor. Entonces, si él no lo hace y las personas ingresan en la consagración ritual desde donde están, es decir, cien kilómetros después del punto de ingreso, entonces cada uno de ellos debe ofrecer una expiación (fidiah), un animal para ser sacrificado en La Meca y distribuir su carne entre los pobres, porque omitieron uno de los actos obligatorios del ritual, ya sea para la peregrinación mayor o menor. 

En este caso, si ellos llevan el asunto a una corte, quizás la corte dictamine que él conductor es responsable por el costo de cada una de las expiaciones, porque él fue quien hizo que ellos debieran pagar esta penalidad. Este asunto debería ser remitido a una corte; si el juez lo juzga apropiado, puede decirle al conductor: “Debes pagar el valor de la expiación que esta gente debe ofrecer, porque transgrediste sus derechos; eres quien olvidó avisarles y fuiste negligente en primer lugar, y luego transgrediste sus derechos una segunda vez cuando te negaste a llevarlos de vuelta al punto de ingreso para su consagración ritual”. Maymu' al-Fatáwa Shéij Muhámmed ibn ‘Uzaimín, 21/368. 

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A