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¿Es aceptable estipular como condición del matrimonio que el marido no heredará de su esposa si ella muere?

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Fecha de publicación : 01-09-2012

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Pregunta

Si una viuda rica y con hijos decide volver a casarse, ¿puede ella introducir una cláusula en el contrato matrimonial estipulando que después de su muerte sólo sus hijos accederán a su herencia y que su nuevo marido renuncia a cualquier derecho sobre su herencia?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

El principio básico con respecto a los contratos y sus condiciones es que son permisibles y válidos, y ninguno de ellos está prohibido a menos que sean contrarios a la ley islámica.

Estipular que el marido será privado de la herencia en caso de que la esposa muera es una condición contraria a la ley islámica, porque implica anular un derecho del marido que Dios le ha concedido, que es el de obtener una parte de las riquezas de su esposa en caso de muerte.

Al-Bujari y Muslim (1504) narraron que ‘Aa'ishah (que Allah esté complacido con ella) dijo: “El Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “¿Qué es lo que le pasa a cierta gente que estipula condiciones que no están en el Libro de Dios? No hay condición que no esté en el Libro de Dios que no sea inválida, aún si fueran cien condiciones. El Libro de Dios es más merecedor de ser seguido y obedecido, y las condiciones de Dios son más vinculantes”.

Al-Qurtubí (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Es decir, condiciones que no son aceptables ante la ley islámica, son inválidas aún si son muchas”.

Fin de la cita de Fáth al-Bári, 5/189.

El Shéij al-Islam Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Quien estipule condiciones en un contrato, como de manutención, una donación, una venta, un contrato matrimonial, de alquiler, es contrario a lo que Dios ha decretado prohibir algo que Dios ha permitido o prohibir algo que Dios ha permitido, y se hace eso estas condiciones son inválidas, de acuerdo al consenso de los musulmanes de todas las épocas”.

Fin de la cita de Maymu' al-Fatáwa, 31/28.

Él también dijo:

“Si una condición es contraria a las normas de Dios y Su Mensajero, es inválida, tal como si alguien estipula que su hijo o sus parientes no deben recibir la herencia que les corresponde, o que él lo ayudará en otro lo que él quiera y lo apoyará contra cualquiera que se le oponga ya sea que tenga derecho o no, o que él debe obedecerle en todo lo que le diga, u otras condiciones semejantes.

Y cuando se ponen tales condiciones, entonces uno debe cumplir la parte del contrato que está de acuerdo con las órdenes de Dios y Su Mensajero (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él), no debe cumplir la parte que es contraria a eso. Esto es algo consensuado entre los musulmanes”.

Fin de la cita de Maymu' al-Fatáwa, 35/97.

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A