Domingo 19 Shawal 1445 - 28 Abril 2024
Español

Requisitos para poder juntar los rezos al viajar

Pregunta

Estaba de viaje y quise reunir el rezo del magrib con el del ‘Isha. Cuando llegué al lugar al cual viajaba, noté que era la hora de rezar el ‘Isha, así es que lo recé con la gente de la mezquita en ese lugar y después de eso recé el Magrib. ¿Lo que hice está bien o no? ¿Cuáles son las condiciones para juntar los rezos en los viajes?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Es permisible para el viajero juntar los rezos de acuerdo con las siguientes condiciones:

1. La distancia de su viaje debe ser igual o mayor a la que hace permitido abreviar los rezos, que es aproximadamente 80 kilómetros según la mayoría de los juristas. Algunos opinan que la distancia de viaje no es fija y que es un tema de costumbres, es decir; lo que en cada zona se acostumbre denominar como viaje. Por favor, revisar la respuesta a la pregunta 38079 .

2. Según la mayoría de los juristas, es requisito que el viaje sea con un propósito lícito. Así es que, si alguien viaja con el propósito de robar o asaltar, o cometer actos inmorales u otros pecados, no tiene permitido disfrutar de las licencias otorgadas al viajero musulmán. Abu Hanifa, sin embargo, omitió estipular esta condición (ver Al Mawsu‘ah al Fiqhiah, 27/276).

3. Su estadía en cada etapa o destino de su viaje no debe ser mayor a cuatro días. Si prevé que va a estar más tiempo de los cuatro días no podrá disfrutar de las licencias del viajero, como suspender el ayuno de Ramadán o abreviar y juntar los rezos.

Los juristas de la Comisión Permanente de Iftá dijeron: “Si él tiene intención de quedarse en un lugar por más de cuatro días, entonces no es permitido hacer uso de las licencias del viajero, como juntar los rezos o abreviarlos, etc. Pero si ha decidido quedarse cuatro o menos días, o su viaje depende de completar ciertas diligencias y luego partir, y no sabe cuánto tiempo le tomará esto y, por lo tanto, no sabe cuánto tiempo se va a quedar en ese lugar y si va a poder hacer uso de las licencias para el viajero o no, en ese caso, sí puede disfrutar de las licencias concedidas a los viajeros” (Fatawa Al-Laynah Ad-Da’imah, 8/113-114).

4. No puede hacer uso de las licencias concedidas a los viajeros hasta haber salido de su población de residencia (ver Al Mawsu‘ah Al-Fiqhiah, 27/279).

5. La mayoría de los juristas estipula que debe realizar los dos rezos de forma consecutiva cuando los reúne en el tiempo del primer rezo, por lo que no debe dejar una pausa muy larga entre ambos. El Sheij del Islam Ibn Taimiah optó por esto y no es una condición (ver Maymu‘ Al Fatawa, 24/54).

6. Se estipula que los dos rezos que se juntan deben realizarse en su orden debido. Esta es la posición mayoritaria. Los juristas de la Comisión Permanente de Iftá dijeron: “Cuando se junta dos rezos, es obligatorio rezarlos en su orden correcto, de modo que el viajero debe rezar primero el Dhuhr y luego reza el ‘Asr; reza primero el Magrib y luego reza el ‘Isha, sin importar si los está juntando en el tiempo del primero o del segundo” (Fatawa Al-Laynah Ad-Da’imah, 8/139).

El Shaij Ibn ‘Uzaimín (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Se estipula que los rezos se deben hacer en su orden correcto, empezando con el primero y recién luego el segundo, porque el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “Recen como me han visto rezar”; y porque las enseñanzas islámicas establecen un orden en los tiempos de los rezos. Pero si una persona se olvida o no es consciente del precepto, o llega a un lugar donde están rezando el ‘Isha y, como él tenía intención de juntar los rezos en el tiempo del segundo rezo, acaba rezando con la congregación el ‘Isha y después reza el Magrib… ¿Se le exime del requerimiento de rezar los rezos en orden en este caso o no?

La opinión más conocida entre nuestros juristas es que no se le exime del requerimiento. La opinión se basa en que, si alguien hace el segundo rezo antes que el primero por error, ignorancia, para unirse a la congregación o por otras razones, sus rezos juntados no son válidos. Entonces… ¿Qué debemos hacer en este caso? La respuesta es que el primer rezo que hizo no es válido como rezo obligatorio y debe repetirlo.

Por ejemplo, una persona tiene intención de juntar los rezos postergándolos hasta el tiempo del segundo rezo. Luego entra a la mezquita y encuentra a un grupo de personas rezando el ‘Isha, así que se les une con la intención de rezar el ‘Isha. Luego, cuando terminan de rezar el ‘Isha, reza el Magrib.

En este caso, su rezo del ‘Isha no es válido, porque lo hizo antes del rezo del Magrib y rezar en orden es un requisito para que el rezo sea válido. Por lo tanto, deberá repetir el ‘Isha, aunque su Magrib es válido. Cuando decimos que no es válido, queremos decir que nos es válido como un rezo con el que cumpliría con la obligación que pende sobre él, pero si es considerado como un rezo extra por el que será recompensado” (Ash-Sharh Al Mumti’, 4/401-402).

Y Al-lah sabe más.

Origen: Islam Q&A