Viernes 3 Rayab 1446 - 3 Enero 2025
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Se convirtió al Islam aproximadamente dos semanas antes que su marido; ¿es inválido su matrimonio?

Pregunta

Somos nuevos conversos y nos han dicho que nuestro matrimonio ya no es válido en lo que respecta al Islam. Me convertí al Islam el 16 de febrero del 2001 y en ese momento mi esposo se negó. Lo dejé y me fui a vivir con una buena amiga. El 2 de marzo de 2001, recibí una llamada telefónica diciendo que él había pronunciado su Shahadah y, por lo tanto, fui a casa con él. Se nos ha dicho que, según la Shari’a, cuando él no se convirtió, el matrimonio se anuló y que ni siquiera debemos permanecer en la misma casa hasta que nos volvamos a casar por el Islam. ¿Hay algo sobre esto en alguna parte?, estoy desesperada por la respuesta, ya que no quiero vivir en una relación pecaminosa y desagradar a Al-lah.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Lo que te han dicho no es correcto, porque si uno de los cónyuges se convierte en musulmán antes que el otro, luego el otro se convierte en musulmán antes de que termine el ‘iddah (N.T.: periodo de espera y separación previa al divorcio pleno) de la mujer, entonces su matrimonio original sigue siendo válido. El ‘iddah de la mujer es de tres períodos menstruales si menstrúa, o de tres meses si ya ha pasado la menopausia, o hasta el parto si está embarazada. Este es el punto de vista de Sháfi’i y Ahmad, y es el punto de vista de Málik con respecto a casos como el mencionado en la pregunta, que es donde la esposa se convierte en musulmana antes que su esposo. Esto también se indica en muchos casos que se mencionan en la Sunnah.

Por ejemplo, la esposa de Safwán Ibn Umaiah (que Al-lah esté complacido con ambos) se convirtió al Islam el día de la Conquista de La Meca, luego él se convirtió al Islam aproximadamente un mes después que ella, y el Profeta Muhammad (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) no les ordenó que se separaran ni les dijo que hicieran un nuevo contrato matrimonial. Ella permaneció con él sobre la base de su matrimonio original. Ibn ‘Abd Al Barr (que Al-lah lo tenga en su misericordia) dijo: “La fama de este hadiz es más fuerte que su cadena de transmisión”.

Pero si el segundo miembro de la pareja se convirtió al Islam después del final de la ‘iddah, en este caso hay una diferencia de opinión entre los eruditos. El punto de vista correcto es que si acuerdan volver el uno al otro sobre la base del contrato matrimonial original y la mujer no se ha casado con otra persona, eso es permisible y no necesitan hacer un nuevo contrato matrimonial. Este es el punto de vista favorecido por el Sheij Al Islam Ibn Taimíah y su estudiante Ibn Al Qaiem. También es el punto de vista considerado como el más correcto por el Sheij Muhammad Ibn Al ‘Uzaimín (que Al-lah los tenga en su misericordia). Ellos citaron como evidencia el hadiz mencionado por Abu Dawud de Ibn ‘Abbás (que Al-lah esté complacido con él), según el cual el Mensajero de Al-lah (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) devolvió a su hija Zainab a su esposo Abul ‘As (que Al-lah esté complacido con ambos) sobre la base de su contrato matrimonial original. Citado por At-Tirmidhi, 1134; Abu Dawud, 2230; Ibn Máyah, 2019; clasificado como auténtico por Al Albani en Sahih Ibn Máyah.

Abul ‘As Se convirtió al Islam dos años después de la revelación de los versos de Al Mumtahinah, en los que se dice que las mujeres musulmanas tienen prohibido casarse con hombres politeístas (mushrik). Parece que su ‘iddah habría terminado dentro de este período, pero el Profeta Muhammad (que la paz y las bendiciones de Al-lah desciendan sobre él), aun así se la devolvió sobre la base del contrato matrimonial original.

El punto es que permanecieron casados sobre la base de su contrato matrimonial original y no necesitaron hacer un nuevo contrato (C. Zad Al Ma’ad, 5/133-140; Al Mugni, 8-10/10; Ash-Shad Al Mumati’, 10/288-291).

Y Al-lah sabe más.

Origen: Islam Q&A