Alabado sea Dios.
La oración del ‘Id está catalogada en la jurisprudencia islámica como una obligación comunitaria (fárd kifáiah). Es suficiente que un grupo de gente cumpla con esa obligación, y entonces el resto queda libre de falta. Algunos de los eruditos sostienen el punto de vista de que es una obligación individual (fárd ‘ain), como la oración comunitaria de los viernes. Porque los centros islámicos organizan las oraciones del ‘Id de acuerdo al avistamiento de la luna, y aquellos que no pueden asistir están absueltos de esta obligación comunitaria. No es permisible demorar la oración hasta el segundo o tercer día del mes de Shawwál para que todos los musulmanes en Londres puedan asistir, porque demorarla es contrario a los que los compañeros del Profeta y sus rectos sucesores acordaron. Nosotros no conocemos ningún punto de vista entre los eruditos que sugiera esto. Es permisible demorar la oración hasta el segundo día si no supieron que era el día del ‘Id hasta después de que el sol haya alcanzado su cenit.