Alabado sea Dios.
Alabado sea AllahLos eruditos están unánimemente de acuerdo en que si se estipula en un préstamo que debe ser devuelto con un monto adicional, entonces es usura (riba), y está prohibido.
Todo préstamo en el cual se estipule que debe pagarse algo extra es un préstamo prohibido.
Se narró que Ubáiy ibn Ka’b, Ibn ‘Abbás e Ibn Mas’ud, prohibieron los préstamos que traían beneficios. Fin de la cita de al-Mughni, 4/211.
Ibn ‘Abd el-Bárr dijo: “Cada cantidad adicional dada en retorno por un préstamo que beneficia o favorece al prestamista, es usura, aún si es sólo un puñado de alimento para los animales. Está prohibido si ha sido estipulado”. Fin de la cita. Al-Kafi (2/359).
Basándonos en esto, si el préstamo está basado en la usura y el cobro de intereses, donde fuera que esté estipulado por el prestamista que el monto debe ser devuelto con intereses, entonces no es permisible para ti aceptar este préstamo, porque el contrato está basado en la usura, y es claro que la usura es un pecado mayor.
Quiera Dios hacerte independiente de medios para que no tengas necesidad de este préstamo ni de otros recursos similares.
Pero si el préstamo no implica usura, y el prestamista sólo exige que se le pague lo que se le entregó y no más, entonces no hay nada de malo con tomar este préstamo y beneficiarse de él.
Y Allah sabe más.