Domingo 23 Yumada al Ula 1446 - 24 Noviembre 2024
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Tiene algún dinero para los gastos de la universidad y ha pasado un año del calendario musulmán, ¿debe pagar la caridad obligatoria por ello?

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Fecha de publicación : 26-06-2016

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Pregunta

Soy un estudiante de magisterio y estoy pagando por mis estudios de mi bolsillo. Mi padre me dio algo de dinero para mis estudios, y vivo de él, y mis estudios tomarán aproximadamente dos años. Mi pregunta es acerca del dinero que mi padre me dio: cuando ha pasado un año desde que tengo lo que me quedó, ¿debo pagar la caridad obligatoria por él? Porque este dinero aún no es suficiente para completar mis estudios, y le tengo que pedir más a mi padre.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Si el dinero que tienes alcanza el mínimo imponible y ha pasado un año, entonces está sujeto a la caridad obligatoria, aún si está siendo conservado para tus gastos de vida y estudio, a causa del significado general de la evidencia que indica que se debe pagar este impuesto social obligatorio cuando se reúnen las condiciones. 

El monto mínimo imponible es el equivalente a 85 gramos de oro o 595 gramos de plata, y debe pagarse a razón de 2,5%, que es una pequeña cantidad, alabado sea Dios, además de la bendición de incrementar la recompensa de quien lo paga. Dios dijo (traducción del significado): 

“Toma [¡Oh, Muhámmad!] una parte de sus bienes [como caridad obligatoria] para expurgarles [con ello sus pecados] y purificarles [de la avaricia], y ruega por ellos que ciertamente tus súplicas les transmiten sosiego, y Allah es Omnioyente, Omnisciente” (At-Táwbah, 9:103). 

Y el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “La caridad no hace disminuir la riqueza”. Narrado por Muslim, 2588. 

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A