Alabado sea Dios.
No hay nada de malo con que aceptes este salario, si el contrato fue cancelado por ellos, y no hubo rechazo ni incumplimiento del trabajo de tu parte. El principio básico en este caso es que el contrato es vinculante para ambas partes, y que si el empleado tiene derecho al pago completo a lo largo del período acortado, aún si no se le da ningún trabajo para realizar o la empresa ya no lo necesita, siempre y cuando él esté disponible para trabajar y no se haya rehusado a hacerlo.
Dice en Al-Mugni: “El contrato de empleo es vinculante para ambas partes, y ninguno de ellos tiene el derecho de cancelarlo, pero si él quiere hacerlo antes del tiempo prescripto, está obligado a pagar los sueldos”. Fin de la cita.
Dice en Shárh al-Kabir (14/436): “El contrato de empleo es un contrato vinculante, lo cual significa que el empleado debe recibir los sueldos y el empleador debe recibir el trabajo. Si el empleador cancela el contrato antes que el período termine, y no demanda el trabajo, el contrato no queda anulado, y todavía debe pagar los sueldos”.
Deberías entonces contactar al Ministerio de Educación para ver si se puede renovar el contrato, y otros asuntos relacionados.
Y Allah sabe más.