Viernes 7 Yumada al Ula 1446 - 8 Noviembre 2024
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Si el prometido es el guardián de la mujer, ¿puede él mismo entregarse en matrimonio?

Pregunta

Yo quisiera casarme con mi prima paterna. Yo soy su guardián de acuerdo a la ley islámica, y quisiera casarme con ella, pero no tengo otros parientes cercanos o hermanos. No hay nadie más además de mí que pueda ser su guardián ante la ley. ¿Es permisible que yo diga “Me doy a mí mismo en matrimonio” y ella diga “acepto”? ¿O debo pedirle a quien hace el contrato matrimonial que sea su guardián? ¿Qué debo hacer?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Alabado sea Allah

Si el guardián de una mujer ante un matrimonio es su primo (el hijo de su tío paterno) y él quiere casarse con ella, no hay nada de malo en ello si ella está de acuerdo. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“El guardián de una mujer para quien es permisible casarse con ella puede ser su primo, el juez, o el gobernante. Si ella les da permiso de casarse con ella, entonces pueden hacerlo”. Fin de la cita de al-Mugni, 7/360. 

En ese caso él puede realizar el contrato matrimonial a su nombre y a nombre de la mujer, porque él es su representante. Entonces él le dice: “Te caso conmigo”, o “Me entrego a ti en matrimonio, fulana de tal”. Él no necesita decir “Acepto”, porque su aceptación está implicada en su propuesta. Y ella no necesita decir “Acepto” tampoco, porque una mujer no puede realizar el contrato matrimonial por sí misma o para alguien más, más bien es su guardián quien lo hace para ella. 

O él puede designar a otro musulmán para que haga el contrato matrimonial, ya sea este delegado un oficial del Estado o alguien más. En este casi, su delegado dice: “Te doy a fulana de tal en matrimonio”, y él dice: “Acepto”. Así el contrato matrimonial está consumado. Ambas formas se han narrado de los compañeros del Profeta (que Allah esté complacido con ellos). 

El Imam al-Bujari (que Allah tenga misericordia de él) dijo: 

“Capítulo: Si el guardián de la mujer es el pretendiente. Al-Mugirah ibn Shu’bah propuso matrimonio a una mujer cuando él era su pariente más cercano (su guardián), entonces otro musulmán realizó el contrato matrimonial para ellos. 

‘Abd er-Rahmán ibn ‘Awf le dijo a Umm Hákim bint Qárit: “¿Me pondrías a cargo de tus asuntos?”. Ella respondió: “Sí”. Entonces él le dijo: “Te ofrezco casarte conmigo”. 

‘Atá' dijo: “Traigan testigos, o ordenen a un hombre entre su familia”. Fin de la cita. 

Al-Albani clasificó los reportes de al-Mugirah ibn Shu’bah y ‘Abd er-Rahmán ibn ‘Awf (que Allah esté complacido con ambos) como auténticos en Irwa’ al-Galíl, 1845 y 1855. 

Debe señalarse que es esencial que haya testigos del contrato matrimonial en ambos casos. Para más información sobre las partes esenciales y condiciones del matrimonio, por favor consulta la respuesta a al pregunta No. 2127

Fin de la cita. Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A