Sábado 8 Yumada al Ula 1446 - 9 Noviembre 2024
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Cometió adulterio y su consciencia está perturbada; ella está embarazada y él quiere deshacerse del niño

Pregunta

Soy un musulmán soltero que vive en Estados Unidos y cometí adulterio muchas veces con la misma mujer. Ahora, la mujer está embarazada. Quisiera saber si puedo casarme con ella para resolver el problema (es decir, evitar el escándalo), para que el niño tenga un padre y adquiera su nombre. En realidad, desafortunadamente, preferiría abortarlo y quisiera convencerla de hacerlo, pero no sé si esto se considera como matar a una persona. Si es así, me sentiría culpable de hacerlo. Creo que el embrión tiene entre 6 y 8 semanas. Por favor, necesito su ayuda tan pronto como sea posible, yazakallau jáir.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

 En primer lugar, hermano en el Islam te ofrezco mis condolencias por la muerte de tu fe, durante las veces que estuviste cometiendo el adulterio. Porque el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Cuando un adúltero tiene sexo ilícitamente, no es un creyente cuando lo está haciendo; y cuando un bebedor está bebiendo alcohol, no es un creyente cuando bebe; y cuando el ladrón roba, no es un creyente cuando está robando”. Narrado por al-Bujari, No. 2475.

 ¿Acaso no has leído lo que tu Señor dijo en Su Libro?

 “Apartaos de todo lo que os lleve a la fornicación, pues esto es una inmoralidad y conduce al mal” (al-Isrá' 17:32).

 ¿No sabes que Dios te ve donde sea que estés, y que te oye cuando hablas?

 ¿No recuerdas las bendiciones que Dios te concedió? Porque Él es el Único que te curó cuando estabas enfermo, Quien te alimentó cuando estabas hambriento y te dio de beber cuando estabas sediento. Y Él te ha concedido la bendición más grande que le ha concedido a la humanidad: el Islam. “¿Acaso la recompensa del bien no es el bien mismo?” (ar-Rahmán 55:60).

 Hermano, pregúntate a ti mismo, con honestidad, ¿Bajo el dominio de Quién vives? ¿De la provisión de Quién te alimentas? ¿Bajo las órdenes de Quién vives? ¿No es acaso bajo el dominio de Dios, con la provisión de Dios, y bajo Sus órdenes? Entonces, ¿cómo puedes desobedecerle así?

 Quizás te has olvidado del reporte del Viaje Nocturno, en el que el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo:

  “… entonces seguimos y llegamos a algo parecido a un horno, en el cual se oían voces clamorosas. Miramos dentro y vimos hombres y mujeres desnudos. Las llamas les llegaban desde el suelo, y cuando los alcanzaban hacían un gran alboroto. Yo les dije (es decir, a los dos ángeles que lo acompañaban): “¿Quiénes son ellos?”, y ellos dijeron: “¡Sigue, sigue!”… yo les dije: “He visto cosas extrañas esta noche. ¿Qué es esto que he visto?”, y ellos me respondieron: “Te lo diremos… los hombres y mujeres desnudos en la estructura similar a un horno, eran los adúlteros y las adúlteras”.

 Narrado por al-Bujari en Bab Izm az-Zunát, No. 7047.

Por lo tanto, debes apresurarte a arrepentirte sinceramente antes de que la muerte te sobrevenga, porque las puertas del arrepentimiento están abiertas hasta que el sol salga por el Oeste, o antes de que el alma del moribundo le llegue a la garganta. Dios se alegra con el arrepentimiento de Sus servidores, y hará que sus malas obras se conviertan en una fuente de bendición. Allah dijo (traducción del significado):

 “Aquellos que no invocan a nada ni a nadie junto con Allah, no matan a nadie que Allah haya prohibido matar salvo con justo derecho, y no cometen fornicación ni adulterio. Y sabed que quienes cometan esto recibirán un terrible castigo. El Día de la Resurrección se les atormentará incesantemente, y permanecerán en el castigo despreciados, salvo quienes se arrepientan, crean, y obren correctamente. A éstos, Allah les perdonará sus pecados y en su lugar les registrará buenas obras; y Allah es Absolvedor, Misericordioso. Y a quien se arrepienta y obre correctamente Allah aceptará su arrepentimiento” (al-Furqán 25:68-71).

 En segundo lugar, con respecto a tu pregunta sobre si puedes casarte con ella, este es el caso de un adúltero casándose con la mujer con la que cometió adulterio. La respuesta es que esto no es permisible, hasta que deje de ser un adúltero. Y esto sólo puede suceder a través del arrepentimiento.

 No es permisible para ti casarte con ella aún si ella fuera judía o cristiana, porque ella es una adúltera (zaaníyah). Aún si fuera musulmana, no es permisible para ti casarte con ella porque es una adúltera, de la misma manera que no sería permisible para una creyente casarse contigo porque eres un adúltero (zaani). Allah dijo (traducción del significado):

 “El hombre que haya fornicado sólo habrá podido hacerlo con una fornicadora igual que él o una idólatra, y la mujer que haya fornicado sólo habrá podido hacerlo con un fornicador igual que ella o un idólatra. Y sabed que se les ha prohibido a los creyentes la fornicación” (an-Nur 24:3).

 La frase “tal cosa está prohibida para los creyentes”, indica que tal matrimonio está prohibido.

 El Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita dijo:

 “Es esencial que ambos se arrepientan ante Dios, abandonen su pecado, lamenten las malas acciones que han cometido en el pasado, tomen la firme decisión de no volver a cometerlas, y realicen abundantes obras rectas y piadosas, para que Dios acepte vuestro arrepentimiento y convierta vuestros malos actos en una fuente de bendición. Allah dijo (traducción del significado):

 “Aquellos que no invocan a nada ni a nadie junto con Allah, no matan a nadie que Allah haya prohibido matar salvo con justo derecho, y no cometen fornicación ni adulterio. Y sabed que quienes cometan esto recibirán un terrible castigo. El Día de la Resurrección se les atormentará incesantemente, y permanecerán en el castigo despreciados, Salvo quienes se arrepientan, crean, y obren correctamente. A éstos, Allah les perdonará sus pecados y en su lugar les registrará buenas obras; y Allah es Absolvedor, Misericordioso. Y a quien se arrepienta y obre correctamente Allah aceptará su arrepentimiento” (al-Furqán 25:68-71).

 Si quieres casarte con ella, debes asegurarte que ella no esté embarazada, esperando a que le llegue su período antes de hacerlo. Si parece ser que ella está embarazada, entonces no es permisible para ti casarte con ella hasta después de que nazca el niño, de acuerdo con el reporte del Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él), en el cual prohibió a un hombre regar con su agua el retoño de otro (es decir mantener relaciones con una mujer embarazada de otro hombre)”.

 Dictámenes legales del Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita en el Magazines al-Buhúz al-Islamíyah, vol. 9, p. 72).

 Tercero, tu dices “para que el niño tenga un padre y tenga un nombre”. Este es el asunto de a quién atribuir la criatura fruto de un adulterio: ¿Cómo quién debe llamarse?

 La respuesta es que la mayoría de los eruditos es que la criatura fruto de un adulterio no debe ser llamada por el adúltero, porque el Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Los niños pertenecen a la habitación conyugal (de los esposos legítimos), y los adúlteros no obtendrán nada sino piedras”. Consensuado, narrado por al-Bujari 2053; Muslim, 1457. Al-Mughni, por Ibn Qudamah, vol. 7, p. 129).

 En cuarto lugar, dices que preferirías que la mujer de deshiciera del niño. A lo que te estas refiriendo es al aborto, y las normas sobre esto, como afirmó en un reporte el Comité de Eruditos (Hai’at Kibar al-‘Ulamá') No. 140, con fecha el 20/6/1407 D.H., son como siguen:

 “1 – No es permisible abortar el embarazo en ninguna de sus diversas etapas excepto por un motivo legítimo, y dentro de márgenes bastante estrechos.

 2 – Si el embarazo está en la primera etapa, que es de cuarenta días, y el aborto servirá para un interés legal o para evitar algún daño, entonces es permisible abortar. Pero abortar en esta etapa por temor a la dificultad en la crianza de los niños o en alimentarlos o educarlos, por temor a su futuro o porque la pareja siente que ya tienen suficientes hijos, no es permisible.

 3 – No es permisible abortar el embarazo una vez que ha comenzado la etapa del ‘álaq o mudghah (feto), es decir, después de los cuarenta días de gestación, a menos que un comité médico confiable afirme que continuar con el embarazo pone en peligro la salud de la madre, o si puede acarrearle la muerte. En este caso es permisible el aborto, luego de haber agotado cualquier otro medio para salvaguardar la salud de la madre.

 Después de la tercera etapa y al completarse los cuatro meses de embarazo, no es permisible abortar el embarazo a menos que un comité médico confiable corrobore que continuar el embarazo acarreará la muerte de la madre; esto, luego de agotar los medios posibles de preservar con vida el feto.

 Realizar un aborto sujeto a estas condiciones es permitido, para evitar el mayor de dos males, y para preservar el mejor de entre dos intereses”.

 Citado de al-Fatáwa al-Yami’ah, vol. 3, p. 1055.

 Le pedimos a Dios que nos preserve a salvo y que acepte nuestro arrepentimiento. Que Dios bendiga a nuestro Profeta Muhámmad.

Origen: Sheij Muhammad Salih Al-Munajjid