Alabado sea Dios.
En primer lugar, la norma básica con respecto a la caza y la pesca es que están permitidas, excepto para quien está en estado de consagración ritual (para la peregrinación mayor o menor) o quien está en la zona del Haram. Esto se aplica a la caza en tierra; con respecto a la pesca y la búsqueda de otras criaturas acuáticas, no está prohibido para la persona que está en estado de consagración ritual. Al-lah, Glorificado y exaltado sea, dijo (lo que en español se interpreta así): {Es permitido [durante la peregrinación comer de] lo que pesquen en el mar, para los residentes y los viajeros. Pero está prohibida la caza mientras estén consagrados a la peregrinación. Tengan temor de Al-lah, ante Quien serán congregados [para ser juzgados por sus obras]} [Corán 5:96].
Si una persona caza animales lícitos con una intención permisible, como ganarse la vida vendiéndolos o para comerlos, no hay nada de malo con cazarlos o capturarlos, según el consenso de los eruditos. De la misma forma, si el principal objetivo de una persona cuando pesca es permisible en principio, tal como el ocio y similares, y va a hacer un buen uso de lo que pesque, como venderlo, comerlo, etc., no hay nada malo con que lo haga.
En segundo lugar, si el cazador o el pescador no tienen ninguna necesidad particular de lo que captura, y solo lo hace por deporte, como una actividad de ocio o diversión, entonces las normas sobre caza o pesca en este caso cambian de permisible a desaconsejable (makruh).
Dice en Al Mawsu’ah Al Fiqhíah (28/115): “Si se sabe que el principio básico con respecto a la caza (o la pesca) es que está permitido, no puede considerarse que sea de otra manera, o considerarse desaconsejable, prohibido, recomendado u obligatorio, excepto en casos específicos para los cuales hay evidencia específica, como la siguiente:... La caza o la pesca es desaconsejable si la finalidad es divertirse o hacerlo como una actividad de ocio, porque el Profeta Muhammad (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “No tomen ningún ser viviente como blanco de tiro” (narrado por Muslim, 1957).
Más de uno de los eruditos han declarado que la caza y la pesca en este caso no es permisible.
An-Nafrawi Al Maliki (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “La caza por diversión es reprobable” (Al Fawakih Ad-Dawani, 1/390).
El Sheij Ibn Taimiah (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Cazar para satisfacer una necesidad está permitido; en cuanto a la caza por algún otro propósito, como el ocio o deporte, es reprobable; y si implica perjudicar a la gente por transgredir sus cultivos o propiedades, entonces está definitivamente prohibido” (Fatawa Al Kubra, 5/550).
El Sheij Mansur Al Bahuti (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Es censurable la caza por deporte, porque es una actividad ociosa que implica dar muerte a un ser vivo. Si la caza implica perjudicar a la gente transgrediendo sus cultivos o propiedad, entonces está prohibida, porque los medios se rigen bajo las mismas normas que los fines” (Kash-shaf Al Qiná’, 6/213).
Ibn ‘Abidín (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo que en Maymu' Al Fatawa: “(Cazar) es reprobable si es por ocio” (Radd Al Muhtar, 5/297).
En tercer lugar, si el propósito de la caza o la pesca es el ocio y el deporte, pero la persona se beneficiará realmente de ello, ya sea comiendo, vendiendo o regalando lo que capture, es decir, aprovechando la carne, entonces no cae bajo las normas de ser reprobable como se ha mencionado aquí, y estas actividades vuelven a la norma original de permisibilidad, porque en este caso no es meramente con un propósito deportivo y no implica atormentar innecesariamente a los animales.
El Sheij Muhammad Ibn Ibrahím (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “El musulmán no debe matar a un ser viviente por deporte, como los cazadores que disparan desde vehículos en movimiento, cuando la intención no es comerlos ni alimentar a otros. En el hadiz dice: ‘Quien mate a un gorrión ilegítimamente será cuestionado sobre ello’” (Fatawa wa Rasá’il Muhammad Ibn Ibrahím Aal Ash-Sheij, 12/231).
El Sheij Ibn Baz (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Si es por un motivo aceptable islámicamente, como comerlo o venderlo, como en el caso de quienes atrapan codornices, lagartos, conejos u otros animales permitidos para comerlos o venderlos, entonces no hay nada de malo en ello. Pero si una persona caza o pesca con el fin de matar el animal y dejarlo allí, eso no es correcto. Lo menos que puede decirse de eso es que es muy censurable. No se debe cazar un animal que puede consumirse a menos que sea con algún propósito, ya sea para comer, alimentar a los pobres con él, dar como regalo o vender. En cuanto a la caza por deporte, no está permitida; es un tipo de ocio o ‘diversión’ que no es apropiado para un creyente. Se narró del Profeta Muhammad (que la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) que él prohibió la caza, salvo para comer o para hacer uso del animal capturado” (sitio web del Sheij Ibn Baz).
En resumen, la caza o la pesca, tal como se mencionó en la pregunta, es permisible y no hay nada de malo con ella, siempre que se haga uso de lo que se capturó, comiéndolo, vendiéndolo, etc.
Y Al-lah sabe más.