Alabado sea Dios.
El Comité Permanente fue consultado acerca de este punto. Ellos respondieron:
“Sí, es permisible aceptar un pago por enseñar el Corán, de acuerdo al punto de vista más correcto de dos de las escuelas de jurisprudencia, apoyados en el significado general del hadiz:
“La cosa por la cual tú más mereces cobrar un pago, es por el Libro de Allah (enseñarlo)” (Narrado por Al-Bujari), y porque existe una necesidad real para eso. Y Allah es la fuente de toda fuerza. Que Allah bendiga a nuestro Profeta Muhámmad.