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Normas sobre la ligadura de las trompas de Falopio o la histerectomía en el caso de una mujer exhausta con la cual los métodos anticonceptivos no funcionan

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Fecha de publicación : 18-02-2021

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Pregunta

Mi esposa está embarazada de nuestro quinto hijo, y tiene sólo 30 años. Ningún método anticonceptivo ha funcionado con nosotros, lo intentamos muchas veces, pero o bien resulta en complicaciones o queda nuevamente embarazada. Y ahora ella está muy exhausta, a causa de los embarazos consecutivos, sin interrupción entre ellos. ¿Cuáles son las normas sobre recurrir a una esterilización permanente, como la ligadura de trompas o la histerectomía?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Uno de los objetivos que la ley islámica prevé para el matrimonio es producir descendencia y perpetuar así la especie humana. Por lo tanto, no es permisible recurrir a ningún método de esterilización permanente excepto en casos de necesidad. 

Es permisible utilizar métodos anticonceptivos durante un período determinado, con la condición de que no cause daños a la salud. Si puedes, consulta con un médico confiable acerca de las inyecciones anticonceptivas, y cuán apropiadas y efectivas serían en su caso. Eso sería mejor. 

Dice en una declaración del Concilio Islámico de Jurisprudencia, sobre el asunto de espaciar los embarazos: 

“…Segundo: está prohibido eliminar de forma permanente la capacidad de reproducirse tanto en el hombre como en la mujer, lo cual es conocido como esterilización, a menos que haya una necesidad para ello, lo cual debe ser determinado de acuerdo a los estándares médicos y de la ley islámica. 

Tercero: es permisible tomar medidas provisorias para controlar la natalidad con la finalidad de espaciar los embarazos o evitarlos durante cierto período de tiempo, especialmente cuando existe la necesidad de hacerlo así, de acuerdo a lo que la pareja decida, sobre la base del mutuo consentimiento y el acuerdo, con la condición de que esto no genere ningún daño físico y que el método utilizado sea islámicamente aceptable, ni cause daños a un embarazo en curso”. Fin de la cita de Mayállat al-Mayma’, edición No. 4, vol. 1, p. 73. 

Si doctores cualificados han determinado que dar a luz perjudicará a la mujer, exacerbará una enfermedad previa o existe el riesgo de que la mujer muera en el parto, entonces es permisible abortar o prevenir el embarazo. 

El shéij Ibn Baaz (que Allah tenga misericordia de él) fue consultado acerca de una mujer que había dado a luz diez hijos, y resultaría dañada físicamente si volvía a quedar embarazada, y por lo tanto quería hacerse una ligadura de trompas. 

Él respondió:

“No hay nada de malo con la operación mencionada, si los doctores han determinado que tener más hijos será dañino para ella, y su marido y ella están de acuerdo en esto”. Fin de la cita de Fatáwa al-Mar’ah al-Muslimah, 5/978, 

Él también fue consultado:

“¿Cuáles son las normas sobre la histerectomía (remoción del útero) como método de esterilización permanente por razones médicas?” 

Él respondió:

“Si hay una necesidad médica para ello, entonces no hay nada de malo en ello, de otra forma uno debe abstenerse de hacerlo, porque el Legislador nos ha incentivado abundantemente a tener muchos hijos e incrementar la familia y la comunidad. Pero si existe un riesgo para la salud, entonces no hay nada de malo con ello, así como es permisible usar métodos anticonceptivos temporarios por una razón legítima”. Fin de la cita de Fatáwa ash-Shéij Ibn Baaz, 9/434. 

El shéij Ibn Yibrín (que Dios tenga misericordia de él) dijo: “No es permisible hacerse un tratamiento médico para terminar un embarazo o prevenirlo de forma permanente excepto en casos de necesidad, si por ejemplo los doctores han determinado que dar a luz pondrá en riesgo la vida de la mujer, o exacerbará una enfermedad, etc. 

Sin embargo, en este caso es esencial que la mujer tenga el consentimiento del marido y haya un acuerdo entre ambos para prevenir o evitar el embarazo, y cuando la razón ya no se aplica, entonces la mujer debe volver a su estado previo”. Fin de la cita de Fatáwa al-Mar’ah al-Muslimah, 2/977. 

Basándonos en esto, si el embarazo perjudicará a tu esposa, es permisible tomar estas medidas para prevenir el embarazo. 

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A