Alabado sea Dios.
Aquí puede haber dos situaciones.
Si el soborno que solía aceptar provenía de quienes habían sido perjudicados, quienes ofrecían el soborno como forma de obtener lo que era su derecho, en cuyo caso el arrepentido debe devolverles su dinero o artículos, o lo que fuera. Porque lo que tomó de ellos se considera como si lo hubiera tomado por la fuerza o a través del engaño.
Si el soborno fue tomado de otro malhechor (dalim) igual que él era antes de arrepentirse, es decir, alguien que obtuvo algo a cambio de su soborno a lo que no tenía derecho. Este dinero no se le debe devolver. En su lugar, el arrepentido debe gastarlo en caridad, tal como en los pobres y los desposeídos. De la misma manera, debe arrepentirse por el daño que causó a la gente que tenía derecho a aquello que obtuvo quien pagó el soborno”.
Extracto del libro “Yo quisiera arrepentirme, pero…”