Viernes 21 Yumada al Ula 1446 - 22 Noviembre 2024
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La caridad obligatoria por los ingresos ganados durante un año

Pregunta

Si uno tiene 10.000 dólares por encima del monto mínimo imponible al comienzo del año, y al final del año gana otros 5.000, tendrá 15.000 dólares. Pero los 5.000 dólares no han estado en mi posesión durante un año completo. ¿Cómo debo calcular el monto a pagar como caridad obligatoria: en base a 10.000, o a 15.000 dólares? Por favor, clarifíqueme este asunto, gracias.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

No es obligatorio pagar la caridad obligatoria hasta que haya pasado un año. Esto es con respecto a los 10.000 dólares. Esto es, a menos que el dinero adicional, que vino después del comienzo del año, sea una ganancia procedente del dinero original. Esto haría que las ganancias tengan el mismo estatus que el capital original, y por lo tanto deberías calcular la caridad obligatoria de 15.000 dólares. 

Origen: Sheij Muhammed Salih Al-Munajjid