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¿Debe ella devolver un plato a los propietarios de un apartamento amoblado?

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Fecha de publicación : 26-04-2013

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Pregunta

Yo he alquilado un apartamento amoblado y le he dado algo de comida a un amigo nuestro en uno de los platos que pertenece al departamento, y no recuerdo si él nos devolvió el plato. La costumbre en nuestro país es que la persona debe devolver el plato en el cual se le ha dado la comida. Ahora yo he dejado el departamento. ¿Debo y o mi amigo devolver el plato, o podemos dar su precio a los propietarios del departamento en su lugar?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

En primer lugar, alquilar un departamento amoblado cae bajo la denominación de un contrato de alquiler, cuyas normas los juristas han discutido en sus libros. 

“Este tipo de contrato es común entre la gente, y se realiza en base a períodos diarios, mensuales o anuales, por lo tanto es importante aprender las normas sobre ello, porque no hay transacción que tenga lugar entre la gente en ningún tiempo o lugar que no esté sujeta a las normas de la ley islámica, que toma en cuenta los derechos de la gente y busca protegerlos”. Fin de la cita de al-Mulájjas al-Fiqhí, 2/114. 

Entre las normas sobre rentar un departamento que los juristas han explicado está el hecho de que es permisible para el inquilino prestar lo que ha alquilado, como se afirma en Mugni al-Muhtách (3/315), y aquél a quien se le presta puede usarlo y luego retornarlo. 

Basándonos en esto, no hay ningún pecado en que le hayas prestado este plato a tu amigo. 

En segundo lugar, un apartamento rentado o cualquier otra cosa alquilada es una confianza otorgada al inquilino. Lo que esto significa es que no debe pagar compensación por nada que se rompa (trad: por el deterioro normal por el paso del tiempo y el uso), en tanto no haya transgredido los límites ni haya sido negligente. 

Dice en al-Mawsu’ah al-Fiqhíyah, 1/27: 

“No hay diferencia de opinión entre los eruditos acerca del hecho de que un objeto alquilado es una confianza otorgada al inquilino. Si resulta dañado sin ninguna transgresión de parte del inquilino a los términos del contrato acordado, o falla en guardarlo o protegerlo, no debe pagar ninguna compensación”. Fin de la cita. 

Ver: Badá'i as-Saná’i (4/210) y al-Mugni (5/311). 

Si el objeto perdido se pierde por negligencia o transgresión por parte del inquilino, entonces debe reemplazarlo si puede con algo similar, o pagar su valor si no puede reemplazarlo. 

Al parecer por tu pregunta fallaste en pedirle el plato que le prestaste a tu amigo. Deberías habérselo pedido a tu amigo. Si esto no sucedió, este es un caso de negligencia. En este caso, debes compensar a los propietarios del apartamento amoblado por el plato perdido, ya sea contactándote con el amigo a quien le prestaste el plato para devolverlo, o comprando un plato similar. Si no hay un plato similar disponible, entonces debes devolver su valor. 

Y Allah sabe más.

Origen: Islam Q&A