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Él fornicó y luego se convirtió al Islam: ¿será castigado?

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Fecha de publicación : 16-07-2010

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Pregunta

Si un no musulmán comete fornicación (zina) y luego se convierte al Islam, ¿se le debe aplicar la pena corporal?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Alabado sea Allah.

 Si un dhimmí (no musulmán bajo protección de la ley islámica) fornica, luego se convierte al Islam, y hay evidencia que prueba que cometió fornicación, la pena corporal ya no se le aplica; no debe se le debe aplicar el castigo hádd (pena corporal especificada en la ley islámica) ni el castigo ta’zír (castido especificado por un juez musulmán en un caso particular). Este es el punto de vista del Imam ash-Sháfi’i, basado en el verso (traducción del significado):

 “Diles a los incrédulos que si desisten y abrazan el Islam les será perdonado cuanto cometieron en el pasado” (al-Anfál 8:38).

 También citó como evidencia el reporte del Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él): “El Islam borra todo lo que había antes de él” (Narrado por Muslim de ‘Amr ibn al-‘Aas).

 El Corán también afirma que el castigo para un ladrón o bandido no se aplica si se arrepiente, por lo tanto este indulto es más aplicable a un incrédulo que se convierte al Islam. Más aún, exagerar en el castigo puede alejar a la gente del Islam. Esta es la misma razón que los eruditos dan por la que una persona que se convierte al Islam no debe recuperar todas las oraciones que ha perdido.

Y Allah sabe más.

Origen: Fatáwa al-Imam an-Nawawí, 223