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Tiene parientes a quienes ayuda y quiere contarlo como caridad obligatoria

07-07-2015

Pregunta 126075

Yo estoy ayudando a mis hermanos y a otros parientes con más del dinero que debería pagar como caridad obligatoria cada año, y no se los pido de vuelta. Alguien me dijo que si yo estoy dándoles dinero a mis hermanos y parientes siempre para ayudarlos, no necesito pagar la caridad obligatoria separadamente, aún cuando mi objetivo original no era pagar la caridad obligatoria cuando les di este dinero. Por favor, dígame qué debería hacer a la luz del Islam. Gracias.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Si tus hermanos y parientes califican para recibir la caridad obligatoria porque son pobres y no tienen suficiente para vivir, o porque están en deudas y no pueden afrontar el pago de sus deudas, entonces es permisible darles a ellos el monto de la caridad obligatoria, a menos que gastar en ellos sea una obligación para ti, porque no tienes derecho a darles el dinero de la caridad obligatoria a aquellos que deberías mantener, para ahorrarte dinero. 

Consulta la respuesta a la pregunta No. 125720

En segundo lugar, para que la caridad obligatoria sea válida como tal, es esencial tener la intención de pagarla en el momento de hacerlo. Si les diste dinero a tus parientes y no tenías la intención de dar eso como caridad obligatoria, entonces no puede ser contado como una caridad obligatoria válida posteriormente. La caridad obligatoria debe pagarse cuando ha pasado un año lunar completo, y no es permisible demorarla para pagarla en etapas o cuotas, pero puede ser pagada por adelantado, uno o dos años antes, en cuyo caso sí puede ser pagada en cuotas. 

Cómo es pagada por adelantado es cuando el año estipulado para ello comienza el primero del mes de Dul Híyyah, por ejemplo, y cuando debe pagar la caridad obligatoria a tiempo, también paga la caridad obligatoria por el año entrante con ello, entonces habrá pagado la caridad obligatoria adelantada por un año. Si asumimos que la caridad obligatoria por el año entrante es de 1.000, entonces puede pagar 1.000 completos por adelantado ahora, o puede pagarlo en cuotas a lo largo del año, o como le parezca más conveniente. Luego cuando ha pasado el año, pagará su caridad obligatoria y no se habrá demorado. Pero debe contar su dinero cuando ha pasado el año. Si lo que debe en caridad obligatoria es más que lo que en realidad pagó, entonces debe pagar lo que falte. 

Ibn Qudamah (que Allah tenga misericordia de él) dijo: “Áhmad dijo: “No es aceptable que de la caridad obligatoria a sus parientes cada mes. En otras palabras, no debe demorar pagarla para que pueda dárselo a ellos en montos separados, dándoles algo cada mes. Pero si se los da por adelantado, o si se lo da a alguien más en montos separados o completamente, eso es permisible porque no lo ha demorado desde el momento debido”. Fin de la cita de Al-Mugni, 2/290. 

Les preguntaron a los eruditos del Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita: “¿Es permisible que pague la caridad obligatoria por mi riqueza por adelantado a lo largo del año, en forma de pagos regulares a las familias pobres, cada mes?” 

Él respondió:

“No hay nada de malo con pagar la caridad obligatoria un año o dos por adelantado, si eso sirve para algún buen propósito, y dárselo a los pobres que califican para recibirlo, mensualmente”. Fin de la cita de Fatáwa al-Láynah ad-Dá'imah, 2/422. 

Consulta también la pregunta No. 52852

Y Allah sabe más.

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