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¿Tiene derecho la madre el derecho a una compensación financiera de su marido si ella amamanta a su hijo?
Alabado sea Dios.
Algunos eruditos sostienen el punto de vista de que si la esposa le pide a su marido un pago por el amamantamiento de su hijo, entonces él debe dárselo, y citan como evidencia el verso en el cual Dios dijo (traducción del significado): “Si estuviesen embarazadas, mantenedlas hasta que den a luz, y si amamantan a vuestros hijos retribuidles con lo que corresponde” (at-Taláq 65:6).
Este fue el punto de vista del Imam Áhmad (que Allah tenga misericordia de él).
Ver: al-Mughni, 11/431.
Pero el punto de vista correcto sobre este asunto es que si la mujer está casada con su marido, no es permisible para ella pedirle un pago por amamantar a sus hijos, porque este es un deber para ella y en ese caso no tiene derecho más que a la manutención establecida, porque Dios dijo (traducción del significado):
“Las madres divorciadas también amamantarán a sus hijos dos años si desean completar la lactancia, y el padre tiene la obligación de proveer a la madre de su hijo el sustento diario y la vestimenta de acuerdo a sus recursos, a nadie se le exige fuera de sus posibilidades” (al-Báqarah 2:233).
Pero si ella está divorciada y no está más casada con su marido, entonces puede pedirle un pago en retorno por el amamantamiento del niño, porque Dios dijo (traducción del significado):
“Si estuviesen embarazadas, mantenedlas hasta que den a luz, y si amamantan a vuestros hijos retribuidles con lo que corresponde” (at-Taláq 65:6).
Este verso se refiere a la mujer divorciada, y el primer verso se refiere a la mujer casada.
Este es el punto de vista del imam Abu Hanifah (que Allah tenga misericordia de él) y fue el punto de vista favorecido por el shéij Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él). Entre los eruditos contemporáneos, este fue considerado el punto de vista correcto también por el shéij Ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él).
El shéij al-Islam Ibn Taimíyah (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“El amamantamiento de un niño es obligatorio para la madre si está casada con el padre del niño. Este es el punto de vista de Ibn Abi Láila y otros entre las primeras generaciones, y ella no tiene derecho a pedir un pago adicional para su manutención y vestimenta. Este es el punto de vista preferido por al-Qadí y es la opinión de los hánafis, porque Dios dijo (traducción del significado):
“Las madres divorciadas también amamantarán a sus hijos dos años si desean completar la lactancia, y el padre tiene la obligación de proveer a la madre de su hijo el sustento diario y la vestimenta de acuerdo a sus recursos, a nadie se le exige fuera de sus posibilidades” (al-Báqarah 2:233).
En este verso vemos que lo encomendado para ellas es vestimenta y mantenimiento en una forma razonable. Esto es a lo que ella tiene derecho como esposa, y a esto puede agregarse lo que la mujer que está amamantando necesite, porque Dios dijo acerca de la mujer embarazada (traducción del significado): “Y si están embarazadas, entonces gasten en ellas hasta que depositen su carga (den a luz)” (at-Taláq 65:6). Por lo tanto el gasto en el niño está incluido en el gasto de la madre, porque él está siendo nutrido de lo que ella come. Lo mismo es verdad en el caso del amamantamiento. En este caso su manutención es obligatoria por dos razones, por lo tanto si el deber fuera condonado por una razón, está confirmado por la otra. Por lo tanto si una esposa se manifestara desafiante pero está amamantando a su hijo, entonces ella tiene derecho a ser mantenida porque está amamantando, y no por su condición de esposa. Y sobre la mujer que está irrevocablemente divorciada de su marido pero está amamantando al hijo de éste, ella indudablemente tiene derecho a un pago, como Dios dijo (traducción del significado): “Entonces si ellas amamantan a vuestros hijos, denles el pago debido” (at-Taláq 65:6). Fin de la cita.
Al-Ijtiyaarát, p. 412, 413.
El shéij Ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“El significado aparente de las palabras del autor es que se les debe dar un pago ya sea que esté casada o irrevocablemente divorciada. Que si la madre le pide a su marido que le pague por el amamantamiento del niño y ella está casada con él, entonces él debe darle el pago. Nosotros entendemos esto de las palabras del autor “y el padre debe asegurarse que su hijo sea amamantado”. Y no lo limitó a los casos en que la madre está irrevocablemente divorciada. La evidencia para esto es el significado de las palabras de Dios (traducción del significado): “Entonces si ellas dan de amamantar a vuestros hijos, dadles su debido pago” (at-Taláq 65:6), pero esto se aplica a la mujer divorciada, pues no está viviendo con el marido. Sobre la mujer cuando está con su marido, Dios dijo (traducción del significado):
“Las madres divorciadas también amamantarán a sus hijos dos años si desean completar la lactancia, y el padre tiene la obligación de proveer a la madre de su hijo el sustento diario y la vestimenta de acuerdo a sus recursos, a nadie se le exige fuera de sus posibilidades” (al-Báqarah 2:223).
Si alguien dijera: “Si ella está casada, entonces el marido está obligado a proveerle mantenimiento y vestimenta como un deber hacia su esposa, sea que esté amamantando o no”, entonces responderíamos que hay dos razones para que él gaste en ella. Si una de las razones cesa de aplicarse, la otra permanece. Si la esposa en este caso se vuelve intencionalmente desafiante con su marido, ella no tiene derecho a manutención por ser su esposa, pero todavía lo tiene por estar amamantando. Es bien sabido si uno estudia la situación de la gente en el tiempo del Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) y hasta la fecha, que no se encontrará una mujer que le pida a su marido un pago por amamantar a su propio hijo. Y esta es la opinión correcta”. Fin de la cita.
Ash-Shárh al-Mumti’, 13/515, 516.
Y Allah sabe más.