Alabado sea Dios.
Si la esposa y su guardián estipulan que el marido no debe hacerla abandonar su casa o su país, esto es una condición válida para el matrimonio islámico, y el marido debe actuar de acuerdo a ello, porque ‘Uqbah ibn ‘Ámir narró en un reporte que se remonta al Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él): “Las condiciones que más merecen ser cumplidas son las que han hecho permisible la intimidad para ti” (Narrado por los dos shéijs, Al-Bujari y Muslim). Al-Arzam narró que un hombre desposó a una mujer con la condición de que ella se quedara en la casa de ella, y luego quiso que se mudara. La disputa fue remitida a ‘Umar (que Dios esté complacido con él), quien dijo: “Ella tiene derecho a la condición que estipuló”.
Pero si la esposa está de acuerdo, entonces está bien, y si ella lo libera de esa condición, ya no se aplica. Si hay alguna disputa acerca de este asunto, debe ser remitida a la corte local islámica para resolver el asunto.
Shéij Muhámmad ibn Ibrahím Aal ash-Sháij, de Fatáwa al-Mar’ah al-Muslimah, 2 p. 644.