Alabado sea Dios.
El Profeta (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) afirmó que un beduino fue obligado a ofrecer una expiación porque había mantenido relaciones sexuales con su esposa deliberadamente durante el día en Ramadán, mientras ayunaba. Así, él (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) explicó las bases para las normas y sus razones. Los juristas están unánimemente de acuerdo en que la caracterización del beduino fue meramente descriptiva y que no tenía ninguna influencia particular en la aplicación de la norma. Por lo tanto también es obligatorio para los musulmanes turcos o persas ofrecer una expiación si mantienen relaciones sexuales con sus esposas.
Los juristas también están de acuerdo en el hecho de que la aclaración de que la mujer con la que el beduino mantuvo relaciones era su esposa, era meramente descriptiva y no afecta a la norma en sí, por lo tanto la expiación también debe ofrecerse por una relación sexual extramatrimonial o ilegítima. Ellos también están de acuerdo en que el hecho de que el hombre hubiera lamentado lo que había hecho no afectaba a su obligación de ofrecer una expiación, por lo tanto no afecta a las bases de las normas. Pero ellos difieren sobre si mantener relaciones sexuales era la única razón por la cual debían ofrecer una expiación, porque el ayuno se invalidó por eso, o si la causa es que se violó la santidad del mes de Ramadán, aún si lo que se hizo para romper el ayuno deliberadamente fue comer o beber. Los imames Áhmad y Ash-Sháfi’i sostuvieron el primer punto de vista, y Abu Hanifah, Málik y otros sostuvieron el segundo punto de vista. La diferencia entre ambos grupos nace de su entendimiento de las normas: si la norma de la expiación está basada en que sólo mantener relaciones sexuales viola la santidad del ayuno de Ramadán, o si echar a perder el día de ayuno de otras formas también viola la santidad del mes de ayuno, aún si es comiendo o bebiendo. El punto de vista correcto es el primero, basándonos en el significado evidente de los textos, y porque el principio básico es que no hay que ofrecer expiación a menos que haya un texto claro que lo pruebe.
Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita.