Alabado sea Dios.
Eso no es obligatorio, a menos que el nombre anterior sea uno que no esté permitido de acuerdo con las enseñanzas islámicas, como un nombre que sea indicativo de servidumbre a alguien que no sea Al-lah, y similares. En ese caso, debe cambiar su nombre. Lo mismo se aplica si es un nombre que es usado únicamente por los incrédulos, y no es usado por nadie más. En ese caso, también debe cambiarse, para que no esté imitando a los incrédulos, para que no se sienta apegado a este nombre que pertenece solo a los incrédulos, y para que nadie piense que aún no se ha convertido en musulmán (Sheij Muhammad Ibn Al 'Uzaimín, que Al-lah lo tenga en Su misericordia).
(Al Iyabat 'ala As'ilat Al Yaliat, 1/4)