Alabado sea Dios.
Usted dice que está a cargo de las cuentas, preparación y equipamiento, y que la compra del departamento entraría bajo la categoría de equipamiento. Según eso, el trabajo que usted hizo es parte del trabajo por el cual le pagan un salario, con lo cual no tiene derecho a recibir comisión alguna ni del comprador ni del intermediario, porque eso se conoce como “regalos a los trabajadores”, lo cual es riqueza haram.
El Profeta (la paz y las bendiciones de Allah sean con él) designó a un hombre a cargo de recoger la zakah. Cuando venía, decía: “Esto es para ti, y esto me lo dieron a mí”. El Mensajero de Allah (la paz y las bendiciones de Allah sean con él) se puso de pie en el minbar y alabó y glorificó a Allah y dijo: “¿Qué pasa con un trabajador a quien envío y viene y dice ‘Esto es para ti, y esto me lo dieron a mí’? ¿Por qué no se queda en casa de su padre o de su madre y vea si le dan algo o no?”.
Narrado por al-Bujari (7174) y Muslim (1832).
Al-Nawawi (que Allah tenga piedad de él) dijo: En este hadiz vemos que los regalos a los trabajadores son haram, porque es una traición a su puesto y a lo que se le ha confiado. En el mismo hadiz, el Profeta (la paz y las bendiciones de Allah sean con él) explicó la razón por la cual los regalos a los trabajadores son haram: Es porque el trabajador recibe ese regalo solamente por su posición. No es entonces como un regalo a cualquier otra persona, ya que esos regalos son mustahabb. La regla que se aplica al trabajador que recibe un regalo por estar en esa posición es que debe devolverlo, y si la persona que se lo dio se niega a aceptarlo de nuevo, debe ser añadido a bayt al-maal. Fin de cita.
Según esto, si usted recibió algo del comprador o del intermediario, debe devolvérselo.