Alabado sea Dios.
En primer lugar:
El ayunante debe abstenerse de tener relaciones sexuales durante el día en Ramadán, y si lo hace, debe ofrecer una expiación severa, independientemente de si las relaciones sexuales tuvieron lugar en el pasaje frontal o posterior, con un hombre o una mujer.
Si fue en el pasaje posterior de un hombre, entonces esto es sodomía, que es un pecado mayor. Se trata entonces de dos grandes pecados graves: sodomía y romper deliberadamente el ayuno durante el día en Ramadán.
Lo que debe hacer es arrepentirse ante Allah, Exaltado sea, ofrecer la expiación y recuperar el ayuno de ese día.
Si se ha demorado en recuperar ese día, además de lo anterior, debe darle a una persona pobre un kilogramo y medio de arroz o de un alimento similar.
Dice en al-Iqnáʼ (1/312): Se debe recuperar el día y ofrecer la expiación si se tienen relaciones sexuales durante el día del mes de Ramadán, en el pasaje delantero o trasero, con un humano o no, vivo o muerto, ya sea que eyacule o no. Fin de la cita.
Vea la respuesta a la pregunta No. 190411.
En segundo lugar:
La expiación debe ser ofrecida por los dos.
En tercer lugar:
Ignorar la expiación requerida no significa que se renuncie a ella. El principio básico en tales casos es que quien conoce la prohibición de una acción, aunque desconozca el castigo, no tiene excusa, ya que el Sahabi que tuvo relaciones sexuales con su esposa durante un día de Ramadán no sabía que tenía que ofrecer una expiación, sin embargo, eso no era excusa para anular el castigo.
Shéij Ibn ʻUzaimín (que Allah tenga piedad de él) dijo:
Si alguien dijera: ¿El hombre que vino al Mensajero (la paz y las bendiciones sean con él) no era ignorante [de lo establecido para esa acción]?
La respuesta es que él no estaba al tanto de lo que se le exigía como expiación, pero no ignoraba el hecho de que estaba prohibido, y por eso dijo: “¡Estoy condenado!”
Si decimos que la ignorancia es una excusa no nos referimos a la ignorancia de las consecuencias de una determinada acción prohibida, sino a la ignorancia sobre si dicha acción está prohibida o no.
Por lo tanto, si alguien comete zina (fornicación) porque desconoce la prohibición, por ejemplo, porque vive en un país no musulmán y es nuevo en el Islam, o porque vive en un desierto remoto donde la gente no sabe que cometer zina está prohibido… no debe ser sometido al castigo.
Sin embargo, si estaba consciente de que la zina está prohibida pero no sabía que el castigo es la lapidación, o ser azotado y desterrado… se le debe someter a la pena impuesta por haber transgredido la prohibición. La ignorancia de las consecuencias de una acción prohibida no es una excusa válida, mientras que la ignorancia sobre si la acción está prohibida o no sí se considera excusa válida.
Fin de la cita de ash-Sharh al-Mumtiʼ (6/417)
Véase también la respuesta a la pregunta No. 20237.
En tercer lugar:
Para que la expiación sea necesaria se estipula que la punta del pene -donde se realiza la circuncisión- debe penetrar la parte privada de la otra persona. Si se produce este nivel de penetración, entran en vigor las mismas reglas que si se hubiera tenido una relación sexual completa.
Ibn al-Qayím (que Allah tenga piedad de él) dijo: El área circuncidada del hombre es el área redonda en la punta del pene. Si esta parte entra dentro de la parte privada de la otra persona se aplica lo estipulado en cuanto a relaciones sexuales; más de trescientas resoluciones hay sobre eso. Uno de los eruditos las compiló y el número alcanzó 320 dictámenes.
Fin de la cita de Tuhfat al-Mawdúd bi Ahkám al-Mawlud, p. 152
Si la punta del pene no entró en la otra persona como se ha descrito ya, o si hay alguna duda al respecto, entonces no se requiere la expiación porque las resoluciones no se hacen obligatorias si existen dudas. Pero debes arrepentirte de haber hecho una acción prohibida.
Y Dios sabe mejor.