Alabado sea Dios.
Le hicimos esta pregunta al Shéij Muhámmed ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él), y respondió lo siguiente:
“Esto no es obligatorio, porque los actos de culto están condicionados a la capacidad del musulmán para realizarlos. Por lo tanto, ninguna parte está obligada a hacerlo por la otra en principio. Pero si el padre le pide a su hijo que le financie la peregrinación porque sabe que tiene los medios económicos para ello, que el hijo acceda será parte de honrar a sus padres, como se nos ha encomendado a todos los hijos, y esto es un deber moral. Y Allah sabe más”.