Lunes 10 Ramadán 1446 - 10 Marzo 2025
Español

Las condiciones que hacen que el Hayy sea obligatorio

Pregunta

¿Cuáles son las condiciones que hacen obligatorio el Hayy?

Resumen de la respuesta

Hay cinco condiciones para que el Hayy sea obligatorio: 1) ser musulmán; 2) estar en su sano juicio; 3) ser mayor de edad; 4) ser libre; y 5) poder hacerlo.

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios.

Los eruditos (que Al-lah tenga piedad de ellos) han expresado las condiciones que transforman al Hayy en obligatorio , las que, si se cumplen, hacen que una persona esté obligada a realizarlo; y si no se cumplen, no. Existen cinco condiciones: ser musulmán, estar en su sano juicio, ser adulto, ser libre y capacidad económica.

  1. Ser musulmán.

Esto se aplica a todos los actos de adoración, porque la adoración realizada por un kafir no es válida. Al-lah dice en el Corán (lo que se interpreta así en español): {Sepan que sus donaciones no son aceptadas porque no creen en Al-lah ni en Su Mensajero} [Corán 9:54].

Según el hadiz de Mu’adh, cuando el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) lo envió al Yemen, él dijo: “Te dirigirás hacia donde están las personas que pertenecen a la gente del Libro. Llámalos a testificar que no existe dios excepto Al-lah, y que yo soy el Mensajero de Al-lah. Si te obedecen, entonces diles que Al-lah les ha ordenado que realicen cinco oraciones diarias. Si te obedecen en eso, diles que Al-lah les ha prescripto la caridad obligatoria (Zakat) que se saca de los ricos para ser entregada a los pobres” (Bujari y Muslim).

Por lo tanto, en primer lugar, se invita al kafir a entrar al Islam. Si se convierte en musulmán, le decimos que ore, entregue el Zakat, ayune, realice el Hayy y las demás obligaciones del Islam.

2 y 3. Estar en su sano juicio y ser adulto.

El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “La pluma se eleva para tres (y no registra sus acciones): el que está durmiendo hasta que es despierta; el niño hasta que alcanza la pubertad, y el que está demente hasta que recobra el juicio” (narrado por Abu Dawud, 4403; clasificado como sahih por Al Albani en Sahih Abi Dawud).

Por lo tanto, un niño no está obligado a realizar el Hayy, pero si sus padres lo llevan, su Hayy es válido; el niño tendrá su recompensa y sus padres también, porque cuando una mujer levantó a un niño y preguntó: “¿Existe el Hayy para él?”, el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “Sí, y tú tendrás la recompensa” (Muslim).

  1. Ser libre.

El Hayy no es obligatorio para un esclavo o prisionero.

  1. Capacidad económica.

Al-lah dice en el Sagrado Corán (lo que se interpreta así en español): {Es obligatorio para las personas peregrinar a este templo si se encuentran en condiciones [físicas y económicas] de hacerlo} [Corán 3:97].

Esto incluye el poder realizarlo física y económicamente. Que sea físicamente posible quiere decir que uno debe tener un cuerpo saludable y debe soportar las dificultades del viaje a la sagrada Casa de Al-lah.

Que sea económicamente posible significa que uno debe poseer los fondos suficientes para llegar a la sagrada Casa de Al-lah y regresar.

La Comisión Permanente de eruditos dijo (11/30): “Poder realizar el Hayy significa que uno se encuentra físicamente sano, y tiene los medios de transporte para llegar a la sagrada Casa de Al-lah, ya sea en avión, en auto o montando un animal, o alquilando alguno de estos medios, según la situación, y que posee las provisiones suficientes para ir y regresar. Debe tener esto además de lo que necesita para gastar en los que tiene la obligación de mantener, hasta que regrese del Hayy. Una mujer también debe tener un mahram con quien viajar para realizar el Hayy o ‘Umrah”.

El dinero que utiliza para llegar a la Casa Sagrada debe ser un excedente de sus necesidades básicas, los gastos que se le ordenan mediante la Shari’ah, y lo que necesita para cancelar sus deudas.

Al decir deudas, nos referimos a las cosas que la persona le debe a Al-lah, como las expiaciones, y lo que le debe a las demás personas.

Si una persona posee una deuda , y no tiene el dinero suficiente para realizar ambas cosas, es decir, cancelar la deuda y realizar el Hayy, entonces, primero debe cancelar la deuda y no tiene que realizar el Hayy.

Algunas personas creen que la razón de lo mencionado, es que la persona no tiene el permiso del que le prestó el dinero; y si el permiso fuera concedido, entonces no habría nada de malo en realizar el Hayy.

No existen fundamentos para este pensamiento, más bien la razón es estar endeudado. Se sabe que si el que prestó el dinero le da permiso al deudor para que realice el Hayy, esto no significa que la deuda se cancela, y el deudor no se libera de la obligación al obtener este permiso. Por lo tanto, se le debe decir al deudor: “Primero cancela tu deuda; después, si te sobró lo suficiente, realiza el Hayy. De otro modo, en tu caso, el Hayy no es una obligación”.

Si el deudor que no realizó el Hayy debido a su deuda fallece, entonces se encontrará ante Al-lah con su Islam completo y sin faltas, porque el Hayy no era obligatorio para él, así como tampoco el Zakat es obligatorio para el que es pobre.

Sin embargo, si realiza el Hayy antes de cancelar su deuda, y muere antes de pagarla, él se encuentra en peligro, porque hasta al mártir se le perdona todo excepto su deuda.

El decir “los gastos que se le ordenan mediante la Shari’ah” se refiere a lo que está obligado a gastar en él y en su familia por la Shari’ah, sin ser exagerado ni avaro. Si posee un nivel medio, y quiere mostrar signos de riqueza, como el comprar un auto costoso para parecer rico, y no posee dinero para realizar el Hayy, debe comprar el auto que esté dentro de sus posibilidades. El gasto en un auto de este tipo no es uno de los que está aprobado por la Shari’ah, más bien es una exageración que está prohibida en el Islam.

Lo que se quiere decir con “que sea económicamente posible”, es que la persona debe tener lo suficiente para su familia hasta que regrese, y que debe tener un ingreso después de regresar para cuidar de sí misma y de los que dependen de ella, como el alquiler de una propiedad, un salario, ingresos comerciales, etc.

Por lo tanto, la persona no debe usar el capital de sus negocios, las ganancias que usa para mantenerse y para mantener a su familia, para realizar el Hayy, en caso de que la pérdida de ese capital signifique la pérdida de ganancias, lo que a su vez significará que su familia no tenga lo suficiente.

Se le preguntó a La Comisión Permanente de eruditos (11/36) sobre un hombre que tenía una suma de dinero en un banco islámico, de cuyas ganancias provenían sus ingresos que le permitían tener lo suficiente para llevar un estilo de vida moderado: “¿Está obligado a realizar el Hayy utilizando ese capital, sabiendo que esto afectará su ingreso mensual y que inevitablemente cambiará sus finanzas?”.

Ellos respondieron: “Si la situación se presenta como se la ha descrito, él no está obligado a realizar el Hayy, porque no lo puede realizar de la manera requerida por la Shari’ah. Al-lah dice en el Corán (lo que se interpreta así en español): {Es obligatorio para las personas peregrinar a este templo si se encuentran en condiciones [físicas y económicas] de hacerlo} [Corán 3:97].

Y Él dice (lo que se interpreta así en español): {Él los eligió [para que sigan Su religión] y no les prescribió nada que no puedan cumplir} [Corán 22:78]”.

Al decir “necesidades básicas”, se refiere a lo que una persona necesita en su mayoría para su vida, y sin lo cual se hace difícil estar, como los libros de aquel que busca el conocimiento. Por lo tanto, no le decimos: “Vende tus libros y utiliza el dinero para realizar el Hayy”, porque ellos son parte de sus necesidades básicas. Del mismo modo, si una persona necesita su auto, nosotros no le decimos: “Vende tu auto y utiliza el dinero para realizar el Hayy”. Pero si tiene dos autos, y no necesita uno de ellos, tiene que vender uno y utilizar el dinero para realizar el Hayy.

De igual manera, un artesano no tiene que vender sus herramientas, porque las necesita. Y si un hombre tiene un auto que usa para trabajar, y se mantiene y mantiene a su familia con el dinero que gana rentándolo, no lo tiene que vender para realizar el Hayy.

Otra necesidad básica es el matrimonio. Si una persona necesita casarse, esto tiene prioridad sobre el Hayy; de otro modo, el Hayy prima sobre el matrimonio.

Vea también la respuesta a la pregunta número 27120.

Lo que se quiere decir con “que sea económicamente posible”, es que la persona debe tener fondos excedentes que serán suficientes para realizar el Hayy después de cancelar todas sus deudas y de cumplir con todas las obligaciones de la Shari’ah y las necesidades básicas.

Si una persona tiene la capacidad física y económica para realizar el Hayy, entonces está obligado a apresurarse a realizarlo.

Si no tiene la capacidad física ni económica de realizarlo, o si tiene la capacidad física, pero es pobre y no tiene riquezas, entonces, no está obligado a realizar el Hayy.

Si una persona tiene la capacidad económica pero no la capacidad física, veremos el tema con mayor profundidad.

Si su problema es algo que la persona espera que desaparezca, como una enfermedad de la que espera recuperarse, entonces debe esperar hasta que Al-lah lo sane, luego debe realizar el Hayy.

Si es un problema del que no existe esperanza de que desaparezca, como una persona con cáncer o un anciano que no puede realizar el Hayy, debe designar a alguien para que lo realice en su nombre, y la obligación de realizarlo no desaparece por su incapacidad física si tiene la capacidad económica.

La evidencia de lo esto, es un informe narrado por Al Bujari (1513), según el cual una mujer dijo: “¡Oh, Mensajero de Al-lah!, el mandamiento de Al-lah de realizar el Hayy ha llegado y mi padre es ya un anciano y no puede sentarse firmemente en la montura. ¿Puedo realizar el Hayy en su nombre?”. Él dijo: “Sí”.

El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) estuvo de acuerdo con su comentario de que el Hayy era obligatorio para su padre aun cuando él no poseía la capacidad física para realizarlo.

Para que el Hayy sea obligatorio para una mujer, es esencial que ella tenga un mahram , y no está permitido que viaje para realizar el Hayy, ya sea obligatorio o voluntario, sin su Mahram, porque el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) dijo: “Ninguna mujer debe viajar, salvo que lo haga con su mahram” (narrado por Al Bujari, 1862; Muslim 1341).

El mahram es su esposo o alguien con quien le esté permanentemente prohibido desposarse debido a los lazos de sangre, el amamantamiento o a través de los lazos del matrimonio. El esposo de una hermana, la tía materna o paterna no son mahram. Algunas mujeres toman este asunto a la ligera y viajan con su hermana y con el esposo de su hermana, o con una tía materna y el esposo de la tía, pero esto es haram, porque ni el esposo de la hermana ni el esposo de la tía materna son mahram, por lo tanto, no está permitido que viaje con ellos. Entonces, existe el miedo de que su Hayy no sea correcto, ya que el Hayy correcto (Hayy Mabrur) es el que no se mezcla con ningún pecado, pero esta mujer estará pecando durante todo el viaje hasta que regrese a casa.

También es esencial que el mahram sea adulto y se encuentre en su sano juicio, ya que su objetivo es proteger a la mujer.

Si una mujer no tiene un mahram, o si lo tiene, pero no puede viajar con ella, entonces ella no está obligada a realizar el Hayy.

El permiso del esposo no es una condición esencial para que sea obligatorio para una mujer realizar el hayy, más bien, está obligada a realizarlo cuando las condiciones obligatorias se cumplan, aún si el esposo no le da permiso.

La Comisión Permanente dijo (11/20): “El Hayy obligatorio tiene tal carácter cuando se cumplen las condiciones para poder realizarlo, y el permiso del esposo no es una de ellas. No está permitido que él se lo prohíba, más bien está prescripto para él que coopere con ella para que ella cumpla con sus obligaciones”.

Esto está relacionado con el Hayy obligatorio. Con respecto al Hayy voluntario, Ibn Al Mundir narró que los eruditos acordaron unánimemente que el esposo tiene el derecho de prohibirle a su mujer que realice el Hayy voluntario, porque los derechos del esposo son obligatorios sobre ella y no son sobrepasados por algo que no es obligatorio (Al Mughni, 5/35).

Ver Ash-Sharh Al Mumti’, 7/5-27.

Origen: Islam Q&A