Alabado sea Dios.
En primer lugar:
Cuando una mujer no ayuna debido a su período, debe recuperar los días que ha perdido, porque ‘Aa’ishah (que Allah esté complacido con ella) dijo: “Eso –refiriéndose a la menstruación- suele pasarnos y se nos ha indicado que debemos recuperar los ayunos, pero no debemos recuperar las oraciones”. Narrado por Muslim, 335.
En segundo lugar:
Ya hemos expresado en la respuesta a la pregunta número 26865 que es obligatorio recuperar los días perdidos de Ramadán antes del próximo Ramadán; no está permitido atrasarlo, salvo para los que tienen una razón válida.
En tercer lugar:
Aquel que esté obligado a recuperar los ayunos perdidos pero luego no pueda hacerlo debido a una enfermedad o debilidad de la que no existe esperanza de una cura debe alimentar a los pobres, a una persona por cada día.
Se le preguntó al Sheij Ibn ‘Uzaymin en Fataawa Arkaan al-Islam (p. 455):
Una jovencita estaba con su período y ayunó los días de su período por su ignorancia. ¿Qué debe hacer?
Respondió:
Ella debe recuperar los días que ayunó durante su período, porque los ayunos que se cumplen durante la menstruación no son aceptados y no son válidos, incluso si ella no lo sabía, y no existe un límite para el tiempo en el que pueden recuperarse.
Aquí hay un caso que tiene un escenario diferente: Una mujer comenzó a menstruar cuando era joven, y era muy tímida como para decírselo a su familia, y no ayunó en Ramadán. Esta mujer debe recuperar el mes que no ayunó, porque una vez que una mujer comienza a menstruar se transforma en mukallifah (debe rendir cuentas de sus acciones), porque la menstruación es uno de los signos de quien alcanzó la pubertad.
Él respondió:
Si esta mujer será perjudicada por el ayuno, como lo menciona en la pregunta, porque es anciana y está enferma, entonces debe alimentar a una persona pobre por cada día. Ella debe calcular cuántos días debe del pasado y alimentar a una persona pobre por cada uno de ellos.
Fataawa al-Siyaam, p. 121.
Para obtener información sobre cuánto debe darse a los pobres para alimentarlos, vea la pregunta número 38867.
En resumen:
Si puede ayunar, debe recuperar los días. Si no podrá ayunar, debe alimentar a una persona pobre por cada día. Trate de calcular cuántos días no ayunó hasta que le parezca que ha llegado al número correcto.