Viernes 21 Yumada al Ula 1446 - 22 Noviembre 2024
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Normas sobre consumir riqueza ilícita en el Islam

Pregunta

Mi padre solía trabajar para una compañía de seguros. Cuando comenzó su trabajo, no sabía que está prohibido trabajar para tales empresas, pero se dio cuenta de ello cuando llegó a la edad de 50 años. A pesar de eso, no dejó su trabajo. Ahora tiene 67 años, llegó a la edad de jubilación hace siete años, pero sigue aún trabajando, sin salario, pero a comisión. Tiene la intención de dejar el empleo a fin de este año. Le he aconsejado muchas veces, pero me dice: “Dejaré el trabajo pronto”. Quiero explicarles que mi padre manejaba el dinero que ganaba de esta empresa de la siguiente forma: al comienzo, lo depositaba en una cuenta bancaria que producía intereses, luego lo retiró y lo invirtió en un proyecto de construcción (halal). Luego de explicar esto, les pido, sin son tan amables, que me respondan lo siguiente: ¿Este dinero es halal o haram, o es riqueza mixta? ¿Tenemos —mis hermanos, mi madre y yo— permiso de usar ese dinero, a pesar de que estoy trabajando y recibo un salario modesto que, alabado sea Al-lah, me permite sostenerme? Mi padre gasta en nosotros y tiene la intención, con permiso de Al-lah, de darme a mí y a cada uno de mis hermanos un departamento para vivir, y un poco de su dinero también; ¿puedo aceptar el departamento y el dinero, o debo rechazarlo?

Resumen de la respuesta

1) Los contratos comerciales de seguro que se conocen comúnmente y están difundidos en todo el mundo son, sin duda, prohibidos.
2) En cuanto al dinero que uno recibe por un trabajo ilícito, aquello que ganó antes de saber que eso está prohibido es permisible para sí. Todo aquello que recibió luego de enterarse, es haram.
3) En relación a su esposa e hijos sustentados por aquel que recibe riqueza prohibida de un trabajo ilícito, no tienen culpa por aquello que él gaste en ellos. Por el contrario, el pecado y la prohibición caen sobre aquel que adquirió la riqueza, nadie más.

Alabado sea Dios.

¿Son lícitos los seguros comerciales?

Los contratos comerciales de seguros que se conocen popularmente y están muy difundidos en el mundo están, sin duda, prohibidos, y son contrarios a las enseñanzas del Islam, porque son contratos basados en la ambigüedad y el azar, y algunos tipos son impuestos a la gente por ley y tienen que tenerlos contra su voluntad.

Estos acuerdos combinan muchos males, y no es de sorprender que los eruditos unánimemente hayan declarado que son ilícitos, y cualquier opinión contraria será considerada extraña y sin fundamento.

¿Es permisible en el Islam trabajar para una compañía de seguros?

Con relación al trabajo de su padre y las ganancias que obtiene de la compañía de seguros, le recordamos a él, primero, que tema a Al-lah, Glorificado sea, porque se está acercando a la edad de 70 años y aún está trabajando en un empleo que él sabe es prohibido y que no debe mantener.

¿Cuándo temerá a su Señor y dejará las acciones que incurren en Su ira? ¿Puede él garantizar que vivirá hasta el final del año para justificar su persistencia y este tipo de trabajo haram? ¿Cómo puede estar contento consigo mismo, habiendo llegado a esta edad, sabiendo que su vida podría terminar mientras permanece en su insistencia de desobedecer a su Señor, Glorificado sea?

Un hombre así debería estar en la mezquita de su barrio, rezando, leyendo Corán y ofreciendo súplicas; debería también estar haciendo ‘Umrah y observando I’tikaf, enfocándose en adorar a Al-lah.

No debería estar trabajando en empresas basadas en el azar, la especulación, y su principal preocupación no debería ser cómo conservar clientes o atraer nuevos. Le pedimos a Al-lah, Glorificado sea, que lo guíe pronto y le permita pasar lo que le queda de su vida haciendo lo que su Señor ama.

¿Es lícito ganar dinero de empresas de seguros?

Si hablamos de la plata que ha ganado de este trabajo ilícito: tiene permitido todo aquello que ganó antes de darse cuenta de que ese trabajo está prohibido, tanto el salario que recibió en ese tiempo y cualquier otro bono extra. Todo aquello que ganó luego de darse cuenta de que es prohibido, tanto el salario como algún bono, es ilícito.

Los eruditos del Comité Permanente de Ifta’ dijeron en una de sus respuestas: “Con relación al período que usted pasó trabajando en un banco, esperamos que Al-lah le perdone ese pecado; y en cuanto a cualquier dinero que hubiera acumulado o recibido como resultado de ese trabajo en el pasado, no hay pecado en ello si usted no estaba al tanto de la norma al respecto” (Sheij ‘Abd Al ‘Aziz Ibn Baz, Sheij ‘Abd Ar-Razzaq ‘Afifi, Sheij ‘Abdul-lah Ibn Gadaian, Sheij ‘Abdul-lah Ibn Qa’ud, Fatawa Al-Laynah Ad-Daimah, 15/46).

Esta Fatwa se aplica a cualquiera que trabaja en algo prohibido y no conoce las normas al respecto, o si alguien de su confianza le dijo que era lícito. Pero esa solución está sujeta a una condición que su padre no cumplió, que es abandonar el trabajo y no continuar en él. Al-lah, Glorificado sea, ha hecho que dejar la actividad prohibida sea una condición para que las ganancias pasadas sean lícitas.

Al-lah, Glorificado sea, dice (lo que en español se interpreta así): {A quien le haya llegado de su Señor [el conocimiento de] la prohibición [de la usura] y se haya abstenido arrepintiéndose, podrá conservar lo que obtuvo en el pasado} [Corán 2:275].

El Sheij Al ‘Uzaimin (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) dijo: “Una de las cosas que aprendimos de este versículo es que todo aquello que una persona haya recibido de Riba antes de saber que era ilícito lo tiene permitido, bajo la condición de que se arrepienta y desista” (Tafsir Surat Al Baqarah, 3/377).

Sin embargo, luego de conocer la prohibición, sus ganancias no son lícitas, porque el empleo en sí mismo es haram.

¿Puede la familia consumir la riqueza prohibida?

En lo que respecta a su esposa e hijos, sustentados por aquel que ganó riqueza ilícita a través de un trabajo prohibido, no tienen culpa por aquello que él gaste en ellos. Por el contrario, el pecado y la prohibición se aplican al que recibe los fondos, y a nadie más.

De esto aprendemos por qué el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) aceptó invitaciones de los judíos y comió su comida, a pesar del hecho de que obtenían su sustento a través de medios ilícitos.

Le preguntaron al Sheij Muhammad Ibn Salih Al ‘Uzaimin (que Al-lah lo tenga en Su misericordia): “Mi padre —que Al-lah lo perdone— trabaja en un banco basado en la riba. ¿Cuál es la norma sobre que nosotros aceptemos su dinero y comamos y bebamos lo que compra con él? Tenemos otro ingreso de mi hermana mayor, quien está trabajando. ¿Deberíamos rechazar la manutención de mi padre y aceptar la de mi hermana, a pesar de que somos una familia numerosa, o es que mi hermana no está obligada a gastar en nosotros y debemos aceptar lo que nos da nuestro padre?”.

Respondió: “Digo sobre esto: acepten lo que su padre gasta en ustedes; pueden disfrutar de ello, y las consecuencias de obtenerlo serán para él, porque ustedes están recibiendo dinero de parte de su padre de manera lícita; él tiene riqueza, y ustedes no. Es por eso que ustedes reciben los bienes legalmente, y es su padre quien incurre en la trasgresión al adquirirla y el pecado consiguiente, y él cargará con las consecuencias; es decir, que esto es algo que a ustedes no les concierne. El Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) aceptó regalos de los judíos, comió de su comida, y les compró, a pesar de que se sabe que los judíos comercian con riba y consumen riqueza ilícita. Pero el Mensajero (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) comió de forma permisible, porque si consiguió el alimento de forma lícita, no hay nada malo con ello.

Por ejemplo, miremos la historia de Barirah, la esclava liberta de A’ishah (que Al-lah esté complacido con ambas): le dieron algo de carne en caridad; luego, el Profeta (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) entró a su hogar un día y encontró un recipiente en el fuego, entonces pidió comida, pero no le dieron nada de carne; preguntó: “¿Acaso no vi un recipiente en el fuego?”, respondieron: “Ciertamente, oh, Mensajero de Al-lah, pero era carne que le fue dada en caridad a Barirah”, y el Mensajero (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) no comía ninguna comida que fuera para caridad. Dijo: “Es caridad para ella y un regalo para nosotros”, y él (la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él) comió, a pesar de que estaba prohibido para él comer aquello que había sido entregado en caridad, pero lo hizo porque no lo recibió de esa forma, sino como un regalo de parte de ella.

Entonces, a estos hermanos les decimos: coman de la riqueza de su padre y disfruten de ella, y el pecado y consecuencias serán una carga sobre su padre, a menos que Al-lah, Glorificado y Exaltado sea, lo guíe y se arrepienta, porque si alguien se arrepiente, Al-lah volverá a él con misericordia” (Al-Liqa’ Ash-Shahri, 45/pregunta núm. 16).

El principio sobre esta riqueza mixta es, aquello que usted reciba de ella, puede consumirla y disfrutarla, sea dinero o cualquier otra cosa, como un departamento o tierra.

Si su padre deja algo luego de morir, usted debe averiguar si hay alguien que sea el dueño legítimo de tal riqueza (de quien la tomaron ilegítimamente), y se la debe devolver. Si no tiene dueño, o no lo puede encontrar, entonces gaste esa suma en causas caritativas. Esto se aplica a la riqueza que está prohibida en sí misma.

En cuanto a aquello que es ilícito por la forma en la cual se adquirió, está prohibida para él, pero no para usted. Usted tiene permiso de usarlo, como vimos arriba en las palabras del Sheij Al ‘Uzaimin (que Al-lah lo tenga en Su misericordia), a menos que quiera ser muy cauteloso, y en ese caso podría gastarlo en causas de caridad, pero no es una obligación.

Le preguntaron al Sheij Al Islam (que Al-lah lo tenga en Su misericordia) sobre aquel que se manejaba con Riba y murió, dejando riquezas y un hijo, que no estaba al tanto de la situación de su padre. ¿Tiene permitido el hijo heredar de su padre?

Respondió: “Con relación a la suma que el hijo sepa que se ganó con riba, debe disponer de ello, ya sea devolviéndola a sus dueños legítimos, si es posible, o dándola en caridad. El resto de la riqueza es lícita para él.

Pero en cuanto a la suma sobre la cual hay alguna duda, es recomendable que se abstenga de tomarla si no la necesita para pagar una deuda o para gastar en aquellos que dependen de él. Pero si el padre la obtuvo con transacciones basadas en Riba (para las cuales algunos juristas dieron concesiones), el heredero tiene permitido usarla. Si la porción lícita de los fondos está mezclada con lo prohibido, y la proporción se desconoce, debe entonces dividirla en dos mitades” (Maymu’ Al Fatawa, 29/307).

Los eruditos del Comité Permanente dijeron: “No es permisible para el padre que gaste en el mantenimiento de sus hijos riqueza que fue adquirida de forma ilícita. Esto es algo que quien pregunta sabe bien. En cuanto a los hijos, no cometen pecado por ello, sino que cae sobre el padre.

Si la casa entera fue adquirida por medio del robo, entonces lo que deben hacer los herederos es regresar lo que fue robado a sus dueños legítimos, si saben quiénes son. Si no lo saben, entonces deben gastar ese dinero en causas caritativas, para renovar o construir mezquitas, y se debe entregar en caridad a los pobres, con la intención de que sea de parte del verdadero dueño de la riqueza. Esa es también la regla si parte de la casa fue construida con riqueza robada y otra parte fue con riqueza del abuelo. Los herederos deben regresar el equivalente de lo que fue robado a sus dueños originales, si saben quiénes son; si no, deben usar esos fondos en causas caritativas, como se dijo arriba” (Sheij ‘Abd Al ‘Aziz Ibn Baz, Sheij ‘Abd Ar-Razzaq ‘Afifi, Sheij ‘Abdul-lah Ibn Gadaian, Sheij ‘Abdul-lah Ibn Qa’ud, Fatawa Al-Laynah Ad-Da‘imah, 26/332).

Y Al-lah sabe más.

Origen: Islam Q&A