Alabado sea Dios.
En primer lugar, habría sido mejor para ti y para tu marido recurrir a un shéij cercano a ustedes o de un centro islámico en que ustedes confiaran para resolver lo que haya sucedido entre ustedes acerca del matrimonio y el divorcio, la dote y el período post divorcio, antes de decidir si poner fin al matrimonio o continuar con él. O esperar hasta que pudieran consultar a alguien en quienes ustedes confíen, aun si está lejos de la región donde ustedes viven. Ustedes no deberían tomar las normas y opiniones legales sobre estos asuntos de la gente común o de esa lección dada por un shéij. Este es el consejo que nosotros siempre damos a los esposos que tienen problemas, y les aconsejamos remitir sus asuntos sobre el matrimonio y el divorcio sólo a un juez musulmán (qadí), o alguna autoridad musulmana que juegue el mismo rol en los países donde no hay sistema legal islámico.
En segundo lugar, con respecto al divorcio antes de consumar el matrimonio se aplica lo siguiente:
1 – Si el divorcio fuera dado por el marido a la esposa antes de la consumación del matrimonio y sin haber estado juntos completamente a solas de tal forma que la consumación del matrimonio hubiera sido posible, entonces la mujer no debe observar un período post divorcio y tiene derecho a la mitad de la dote que fue acordada. Si no se acordó ninguna dote, entonces ella tiene derecho a un pago, de acuerdo al nivel económico del marido. Y él no puede reconciliarse con ella excepto con un nuevo contrato matrimonial. Por favor consulta las respuestas a las preguntas No. 75026 y 99597.
2 – Si el divorcio es dado por el marido a la esposa antes de la consumación del matrimonio pero ellos han estado juntos y completamente a solas de tal manera que la consumación del matrimonio era posible, entonces la mayoría de los juristas hánafis, málikis, sháfi’is (de acuerdo al punto de vista más antiguo de su escuela) y hánbalis, ella debe observar el período post divorcio y tiene derecho a la dote completa. De acuerdo a que el marido busque una reconciliación, entonces la mayoría de los eruditos hánafis, málikis y sháfi’is sostienen el punto de vista de que él no puede volver a estar con ella excepto con un nuevo contrato matrimonial y nueva dote. Por favor, consulta las respuestas a las preguntas No. 49821 y 118557.
3 – Puesto que ustedes se volvieron a casar de esta manera, es decir con un nuevo contrato matrimonial y nueva dote, entonces actualmente tú eres su esposa de acuerdo a la ley islámica, y él es tu marido. El contrato matrimonial entre ustedes es válido con todas sus implicancias legales, y no es permisible para ninguno de los dos incumplir ninguna de sus condiciones, si las condiciones son islámicamente aceptables. Más aun, no es permisible para él pedirte que tú abandones alguno de tus derechos, a menos que tú quieras hacerlo y lo hagas libre y voluntariamente, no como resultado de la presión, de la compulsión o la vergüenza.
Se narró de ‘Uqba Ibn ‘Aamir (que Allah tenga misericordia de él) que él dijo: “El Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Las condiciones que más merecen ser cumplidas son aquellas que han hecho posible y permisible la intimidad entre ustedes”. Narrado por al-Bujari, 2572; Muslim, 1418.
Al-Háfiz Ibn Háyar (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“Las palabras ‘aquellas que han hecho posible y permisible la intimidad entre ustedes’, hacen referencia a las condiciones que fueron acordadas para consumar el matrimonio”. Fin de la cita de Fath al-Bári, 9/217.
Para más detalles sobre las condiciones permisibles y no permisibles en los contratos matrimoniales, por favor consulta las respuestas a las preguntas 10343, 49666 y 20757.
En tercer lugar, no es permisible para el marido echarse atrás con las condiciones que haya acordado previamente con su esposa o con el guardián legal de su esposa, ya sea que las condiciones fueran acordadas verbalmente o por escrito. Aun si estas condiciones no fueron registradas en el contrato matrimonial, todavía son válidas y vinculantes para ambos ante Dios, glorificado y exaltado sea. Por favor, consulta la respuesta a la pregunta No. 126855.
En resumen, tu primer matrimonio terminó con un divorcio islámicamente válido y aceptable. Como el divorcio sucedió antes de la consumación del matrimonio y después de haber estado a solas en tal forma que podían haber consumado el matrimonio, por lo tanto tú tienes derecho a la dote completa, y debías observar tu período post divorcio, y no podías volver con él excepto con un nuevo contrato matrimonial y nueva dote.
Que hayas vuelto con tu marido con un nuevo contrato matrimonial y nueva dote es válido, ya sea que hayas estado completamente a solas con él o no. Tu segundo contrato matrimonial es válido con todas sus implicancias legales, y ambos deben cumplir las condiciones estipuladas por ambos que sean islámicamente aceptables y permisibles, ya sea que hayan sido acordadas verbalmente o por escrito.
Le pedimos a Dios que guíe a tu marido a hacer aquello que Él ama y con lo cual esté complacido, y que lo guíe para que se adhiera a las normas islámicas. Si él no está de acuerdo con lo que hemos mencionado arriba, entonces te recomendamos remitir tu caso al director del centro islámico más cercano o a alguien cercano a ustedes en cuyo conocimiento y compromiso religioso tú confíes. No hay nada de malo con que les pidas a algunos familiares o amigos sinceros que intervengan para lograr un acuerdo y una reconciliación entre ustedes.
Y Allah sabe más.