Alabado sea Dios.
Alabado sea Allah.Si una persona comienza a observar un ayuno obligatorio, está prohibido que lo rompa sin una razón valedera. Si lo rompe, debe reponerlo. Ibn Muflih dijo en al-Furu’:
“Está prohibido romper un ayuno obligatorio”.
El shéij Ibn al-‘Uzaimín (que Allah tenga misericordia de él) fue interrogado en Fatáwa as-Sáum (p. 452) acerca de una mujer que estaba reponiendo un ayuno perdido, y luego llegaron invitados a su casa y ella rompió su ayuno para no incomodarlos, ¿es esto permisible?
Él respondió:
“Si ella estaba reponiendo un ayuno obligatorio, entonces no es permisible para nadie romper tal ayuno excepto en caso de necesidad. Con respecto a romper un ayuno por el arribo de visitas y huéspedes, esto está prohibido y no es permisible, porque el principio básico de la ley islámica es que cualquiera que comience un acto obligatorio debe completarlo, a menos que haya una excusa legal para no hacerlo.
Pero si el ayuno es voluntario, entonces no tiene que completarlo, porque no es obligatorio”.
Él también dijo en Fatáwa as-Siyám (p. 451):
“Si una persona comienza un ayuno obligatorio, tal como un día de ayuno perdido en Ramadán o la expiación por romper una promesa o juramento, o una expiación por afeitarse durante la peregrinación (si el peregrino se afeita la cabeza antes de salir del estado de consagración ritual (ihram)), u otra clase de ayunos obligatorios, no es permisible romperlo excepto por una razón legítima. Lo mismo se aplica a quien comienza cualquier acción obligatoria: está obligado a completarla, y no es permisible detenerla si no existe una razón legal que se lo permita”.